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Fernán Quirós cuestionó la salida de Argentina de la Organización Mundial de la Salud

“Las políticas de coordinación sanitaria son indispensables en los períodos pandémicos que estamos viviendo”, planteó el funcionario.

Publicado el 5 de febrero de 2025|

El ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, cuestionó este miércoles que el Gobierno nacional haya decidido que Argentina abandone la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“Las políticas de coordinación sanitaria son indispensables en los períodos pandémicos que estamos viviendo”, planteó el funcionario porteño.

“Más allá de cómo se llame la organización, es muy importante tener una institución de coordinación”, afirmó. “No es una cuestión de estar en esta o en otra, sino que es necesaria la coordinación y todavía no hemos escuchado cuál es la propuesta de coordinación sanitaria que vamos a tener para adelante”, dijo Quirós en radio El Observador.

El presidente de la Nación Javier Milei instruyó al canciller Gerardo Werthein para que Argentina abandone la OMS, en línea con lo dispuesto recientemente por el presidente estadounidense Donald Trump.

El Gobierno argentino argumenta que la OMS tuvo un comportamiento incorrecto durante la pandemia de Covid-19: “Hoy la evidencia indica que las recetas de la OMS no funcionan porque son el resultado de la influencia política, no basadas en la ciencia. Además, ha confirmado su inflexibilidad para cambiar su enfoque y, lejos de admitir errores, elige continuar asumiendo competencias que no le corresponden y limitando la soberanía de los países”.

“Urge repensar desde la comunidad internacional para qué existen organismos supranacionales, financiados por todos, que no cumplen con los objetivos para los que fueron creados, se dedican a hacer política internacional y pretenden imponerse por encima de los países miembro”, agregó Nación.

Un informe de la Fundación Soberanía Sanitaria emitido en enero de este año alerta sobre posibles consecuencias si Argentina abandona la OMS:

  • Dejaríamos de tener acceso al fondo rotatorio y estratégico que nos hace ahorrar millones en la compra de tecnologías e insumos sanitarios.
  • Se perdería el estatus de Centros Colaboradores en laboratorios prestigiosos como el INCUCAI, Malbran y la ANLIS. Esta situación traería la consecuencia de quedar fuera de las redes internacionales que mejoran nuestras prácticas (Argentina posee una serie de centros colaboradores que trabajan en red con otros centros de otros países, fortaleciendo las capacidades propias y manteniendo al país en altos estándares de calidad y reconocimiento internacional. Como ejemplo de esto, se podría perder el rol de los laboratorios especializados en argentina, en vigilancia internacional de agentes infecciosos.
  • Podría llegar a desaparecer el Centro Nacional de Enlace del Reglamento Sanitario Internacional, lo que implicaría mayor dificultad para acceder a información en tiempo real sobre la circulación de agentes infecciosos y emergencias en salud pública.
    Desaparecería el apoyo a programas de enfermedades transmisibles y no transmisibles, salud mental, materno infantil, vacunas, entre otros, lo que iría en detrimento a mediano plazo, en la calidad y sustentación de los mismos.
  • Acabaría el apoyo a la estructuración de los servicios de salud y desarrollo de los recursos humanos en salud.
  • Finalizaría la participación de funcionarios de salud y profesionales argentinos en las reuniones, proyectos, talleres y redes de trabajo internacionales, aislando a nuestro país de las actualizaciones en temas sanitarios y dificultando la financiación externa a programas y proyectos de salud que nos permitan una mayor calidad sanitaria.
  • Si bien el acceso a la Biblioteca Virtual de Salud de la OPS/OMS es individual y no estaría restricto a los argentinos, el no contar con una oficina en el país, limitaría la difusión de los contenidos y acceso a cursos y capacitaciones que propician y que permiten formar profesionales sanitarios.
  • Ante otra pandemia, no recibiremos cooperación, que implicaría la ausencia de apoyo técnico directo, de apoyo para compra de insumos y equipos, para la contratación de personal, entre otras posibles utilidades.
  • Debilitaría el abordaje de enfermedades raras o desatendidas siendo que no sólo se recibe colaboración técnica sino en muchas ocasiones también donación de medicamentos huérfanos.
  • En caso de desastres naturales u ocasionados por el hombre, no podríamos contar con el apoyo de las unidades especializadas de emergencia de la OPS, debiendo organizarse, sin el apoyo de equipos técnicos de emergencia y/o respuesta rápida y logística de insumos en salud.
  • Perjudicaría a las provincias debilitando su capacidad técnica ya que también estos organismos internacionales articulan de manera subnacional.
  • Quedaríamos al margen de métodos de mejora de trabajo, como las funciones esenciales en salud pública que ayudan a diagnosticar problemas e implementar soluciones dentro del sector salud.
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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.