Claudia Neira criticó la idea de desmantelar el Premetro y reemplazarlo por colectivos eléctricos
"Podemos convertir el Premetro en un servicio ágil, previsible, moderno, que integre más sectores del sur al desarrollo de la Ciudad", aseguró la presidenta del bloque Unión por la Patria.
La legisladora porteña y presidenta del bloque Unión por la Patria en la Legislatura local, Claudia Neira, criticó que el Gobierno porteño estudie desmantelar el premetro y ubicar en su traza colectivos eléctricos.
“Un sistema como el del Premetro resulta una pieza estratégica para la movilidad en el Sur de la Ciudad. Reemplazarlo por otro sistema como el Trambus destruye inversión hecha en infraestructura, en lugar de modernizarla y potenciar una política de transporte orientada al desarrollo”, planteó.
“El Premetro es infraestructura de integración urbana, sostenible y equitativa en el acceso al transporte público: Conecta barrios históricamente relegados (Lugano, Soldati, Riachuelo) con la Línea E. Desmantelarlo es retroceder en la posibilidad de un Sur más integrado y competitivo, que necesita recuperar la inversión en transporte, concentrada en el Norte y Centro de la Ciudad”, agregó.
“Transporta diariamente población trabajadora y estudiantil. Sostenerlo y mejorarlo es garantizar su movilidad y favorecer un modelo de Ciudad más igualitario e inclusivo. Abandonar la posibilidad de modernizarlo es renunciar a un plan integral de desarrollo urbano que incluya en serio al Sur”, advirtió.
“Ciudades como Barcelona, París o Frankfurt hicieron exactamente lo contrario: fortalecieron sus redes de tranvías, light rail y corredores guiados. ¿Por qué? Porque son los modos que mejor combinan cercanía, accesibilidad e integración urbana. Así lograron equilibrar su desarrollo”, comparó.
Sobre la propuesta oficial, analizó: “Los Trambus nunca van a producir el mismo impacto urbano, social y territorial. Lo que necesitamos es invertir y modernizar el sistema del Premetro para que vuelva a ser una herramienta de integración real para el Sur de la Ciudad: Modernizar estaciones, Agilizar el recorrido, ampliar el alcance del servicio, actualizar los vehículos. No perdamos la oportunidad de orientar y modernizar una buena política de transporte urbano, como han hecho las grandes ciudades del mundo. Podemos convertir el Premetro en un servicio ágil, previsible, moderno, que integre más sectores del sur al desarrollo de la Ciudad”, finalizó.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






