Publicado el 6 de abril de 2026|

Detuvieron en el centro a tres ciudadanos chilenos acusados de robar una fábrica en Villa Soldati

La Policía de la Ciudad desarticuló una banda que operaba bajo la modalidad “ausencia de moradores”.

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Foto: GCBA

Tres ciudadanos chilenos fueron detenidos por la Policía de la Ciudad acusados de integrar una banda dedicada a robos bajo la modalidad conocida como “ausencia de moradores”, tras un asalto a una fábrica en el barrio de Villa Soldati (Comuna 1).

La investigación se inició a partir de un hecho ocurrido el 17 de febrero en un establecimiento alimenticio ubicado en José Martí al 3300. Según se reconstruyó, los delincuentes ingresaron al lugar luego de provocar un corte en el suministro eléctrico y sustrajeron dinero en efectivo, cheques y un teléfono celular.

El caso fue llevado adelante por la División Robos y Hurtos, que realizó un análisis de cámaras de seguridad tanto públicas como privadas, además de tareas de ciberpatrullaje. A partir de estas diligencias, se logró identificar a los sospechosos, establecer los domicilios que frecuentaban y detectar el vehículo utilizado durante el hecho, el cual había sido visto en la zona antes del robo.

Durante la pesquisa también se hallaron conversaciones que indicarían la planificación de nuevos delitos, lo que aceleró el avance de la causa.

Con las pruebas reunidas, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 3 ordenó dos allanamientos en el barrio de San Nicolás (Comuna 1). En uno de ellos, realizado en un edificio de la calle Lavalle al 1700, la policía detuvo a dos de los sospechosos en la vía pública y luego capturó al tercero en un departamento del noveno piso.

En ese lugar se secuestraron un Peugeot 408, seis teléfonos celulares, herramientas para forzar accesos, guantes, prendas utilizadas durante el robo, pasaportes y equipos de comunicación tipo handy que habrían sido usados como inhibidores de señal.

El segundo procedimiento, llevado a cabo en un local de la calle Paraná al 400, no arrojó resultados positivos.

La causa está en manos de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 34, que continúa con la investigación para determinar si los detenidos participaron en otros hechos similares.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.