Hallaron propofol tras allanamientos en CABA y Tigre y suman testimonios clave
Bajada: Los procedimientos se realizaron en Tigre y la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la investigación por la muerte del anestesiólogo Alejandro Zalazar. Una médica residente admitió haber consumido drogas sustraídas del hospital.
La investigación por el robo de medicamentos de uso hospitalario sumó nuevos elementos en las últimas horas tras la realización de dos allanamientos en la Ciudad de Buenos Aires y Tigre, ambos ordenados por el Juzgado Criminal y Correccional N°60, en el marco de la causa que también indaga la muerte del médico anestesiólogo Alejandro Zalazar, ocurrida en Palermo (Comuna 14).
Uno de los procedimientos se llevó a cabo en el partido bonaerense de Tigre, donde las autoridades hallaron propofol, una droga de uso frecuente en prácticas quirúrgicas. Si bien se confirmó el secuestro de la sustancia, no trascendió la cantidad incautada. En paralelo, se realizó otro operativo en un domicilio de la avenida Santa Fe, en la Ciudad de Buenos Aires, que no arrojó resultados positivos.
El expediente cobró relevancia tras el fallecimiento de Zalazar, quien fue encontrado sin vida en su departamento el 20 de febrero. Las pericias determinaron que la causa fue una sobredosis de propofol y fentanilo, lo que puso bajo la lupa la circulación ilegal de fármacos dentro del sistema de salud.
En este contexto, se conoció el testimonio de la médica residente que admitió haber consumido sustancias sustraídas del hospital Rivadavia. Según su declaración, utilizó drogas como propofol, ketamina, fentanilo y midazolam fuera del ámbito laboral, aunque señaló que ese consumo cesó meses atrás.
La profesional también confirmó su vínculo con otros nombres que aparecen en la causa. Indicó que mantenía una relación de amistad con Zalazar, con quien compartió una ocasión de consumo, y que conocía a Delfina Lanusse, con quien sí coincidía en encuentros de este tipo. No obstante, aclaró que ambos no participaban en las mismas situaciones.
Además, detalló que su contacto con drogas recreativas precedía a su ingreso a la residencia médica y que el último episodio de ese tipo ocurrió en enero de este año durante un viaje al exterior.
La investigación continúa en curso y busca reconstruir cómo se obtenían y distribuían estos medicamentos, así como establecer las responsabilidades en torno a su uso indebido y su eventual relación con la muerte del anestesiólogo.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






