Publicado el 8 de abril de 2026|

Baja la pobreza en la Ciudad de Buenos Aires, pero más de 650.000 personas siguen afectadas

El estudio señala que la pobreza también impacta en el 15,7% de los hogares (215.000), con una baja interanual de 3,6 puntos porcentuales. Se trata del quinto descenso consecutivo en la comparación anual, impulsado por un crecimiento de los ingresos —tanto laborales como no laborales— por encima de la inflación.

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Un informe oficial del Instituto de Estadística y Censos porteño (IDECBA) reveló que el 21,1% de la población de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra en situación de pobreza por ingresos durante el cuarto trimestre de 2025. Si bien el dato muestra una mejora respecto al año anterior, todavía alcanza a unas 652.000 personas, mientras que la indigencia afecta al 6,8% (210.000 personas).

El estudio señala que la pobreza también impacta en el 15,7% de los hogares (215.000), con una baja interanual de 3,6 puntos porcentuales. Se trata del quinto descenso consecutivo en la comparación anual, impulsado por un crecimiento de los ingresos —tanto laborales como no laborales— por encima de la inflación.

En paralelo, la indigencia alcanza al 4,5% de los hogares (61.000), y dentro del universo de la pobreza crece el peso de los sectores en situación más crítica: cerca de un tercio de las personas pobres no logra cubrir siquiera la canasta básica alimentaria.

El informe también advierte sobre desigualdades marcadas dentro de la Ciudad. Los hogares ubicados en la zona sur registran mayores niveles de pobreza (25,3%), al igual que aquellos con niños y niñas menores de 14 años, donde la incidencia trepa al 28,6%. En ese sentido, el 34,5% de los menores de entre 0 y 17 años vive en hogares pobres, aunque el dato mejora frente al 37,9% del año previo.

En cuanto a los ingresos, un hogar en situación de indigencia percibe en promedio $107.199 por persona, mientras que en los hogares pobres no indigentes el ingreso asciende a $325.098. Para salir de la pobreza, se estima que sería necesario un refuerzo promedio de $392.662 por hogar, equivalente al 34,4% de la canasta básica total.

Más allá de la mejora en los indicadores de pobreza, el análisis muestra que casi un tercio de la población porteña se encuentra en situación de vulnerabilidad. Al sumar a los hogares pobres (15,7%) aquellos que, sin serlo, tienen ingresos insuficientes para cubrir plenamente sus necesidades (9,1%), el total asciende al 24,8% de los hogares y al 31,7% de las personas.

En el resto de la estructura social, el sector medio —identificado como “clase media”— representa el 52% de los hogares y el 47,6% de la población, consolidándose como el grupo mayoritario. En tanto, los sectores acomodados crecieron con fuerza en el último año y alcanzan al 15,3% de los hogares.

El informe concluye que, aunque la mejora en los ingresos permitió reducir la pobreza, persisten desafíos estructurales, especialmente en los sectores más vulnerables y en los hogares con niños, donde el impacto de la desigualdad continúa siendo significativo.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.