Muerte de un enfermero en Palermo: la fiscalía aclaró que no hay imputados y detalló avances de la investigación
La Fiscalía confirmó que la causa sigue en etapa investigativa, detalló el hallazgo de ampollas de fentanilo de distintos laboratorios y reiteró que, por el momento, no hay imputados ni se realizaron allanamientos.
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°21, a cargo de Carlos Alberto Vasser, difundió un nuevo comunicado sobre la investigación por la muerte del enfermero Eduardo Alejandro Bentancourt, de 44 años, quien fue hallado sin vida en un departamento del barrio porteño de Palermo.
Según informaron oficialmente, la causa continúa en etapa investigativa, con diversas medidas en curso, pero hasta el momento no hay personas imputadas ni se realizaron allanamientos en el marco del expediente.
El cuerpo de Bentancourt fue encontrado el viernes pasado en una vivienda ubicada sobre la calle Fray Justo Santa María de Oro al 2400. De acuerdo con los resultados preliminares de la autopsia, la muerte se produjo por una “cardiopatía hipertrófica y dilatada con congestión pulmonar”. Además, se constató una venopuntura en el pliegue del codo derecho, sin signos de lesiones traumáticas ni defensivas. Los peritos estimaron que el fallecimiento ocurrió entre tres y cinco días antes del hallazgo.
En el domicilio, los investigadores secuestraron ampollas de fentanilo y otros elementos que ahora son objeto de análisis. En ese sentido, la fiscalía precisó que tres ampollas cerradas pertenecen a la firma HLB Pharma Group, con vencimiento en marzo de 2026. A partir de este dato, se estableció contacto con la Fiscalía Federal N°1 de La Plata, que investiga casos de fentanilo contaminado vinculados a ese laboratorio, para determinar si existe alguna relación con los lotes bajo investigación.
Sin embargo, aclararon que la ampolla de fentanilo hallada abierta —con restos de sustancia en su interior— corresponde a otro laboratorio, identificado como Celtyc. Su contenido continúa siendo analizado mediante peritajes.
Como parte de las medidas dispuestas, también se secuestraron tres teléfonos celulares —de distintas marcas— que serán sometidos a pericias para reconstruir las últimas comunicaciones y movimientos de la víctima.
Por último, desde la fiscalía remarcaron que toda la información oficial que no afecte el curso de la investigación será difundida exclusivamente a través de los canales institucionales del Ministerio Público Fiscal.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






