Cristina Fernández de Kirchner dijo que la cautelar de la Corte es “para la campaña electoral” de Rodríguez Larreta
“Créanme que este Partido Judicial está influyendo sobre la calidad de vida de todos los ciudadanos y ciudadanas. Hay que despabilarse, argentinos y argentinas”, reclamó la vicepresidenta.
En su reaparición pública tras la condena por la Causa Vialidad, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner criticó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) por la cautelar que devuelve fondos coparticipables a la Ciudad de Buenos Aires.
“Le van a dar para la campaña electoral al Jefe de Gobierno de la Ciudad (Horacio Rodríguez Larreta), que seguramente va a ser el candidato de la oposición, le van a incrementar lo que tiene en seis presupuestos de la localidad de Avellaneda”, planteó este martes durante un acto en Avellaneda.
“Créanme que este Partido Judicial está influyendo sobre la calidad de vida de todos los ciudadanos y ciudadanas. Hay que despabilarse, argentinos y argentinas”, reclamó.
“Fíjense qué coartada maravillosa y esto es lo que nos está pasando también hoy en la República Argentina. Recién Axel (Kicillof, gobernador bonaerense) mencionaba el tema de la coparticipación y de esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, yo sé que ha habido todo un dime, direte, si los bonos… Yo quiero ir al fondo de la cuestión, a qué está pasando con la cuestión democrática en la Argentina porque Mauricio Macri modificó con un decreto simple, un decreto simple lo que le tocaba al gobierno nacional de coparticipación y le dio muchísimo al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la ciudad más rica de la República Argentina”, mencionó.
Recordó que en 2016, en el marco de la creación de la Policía de la Ciudad, el entonces presidente Mauricio Macri aumentó la coparticipación a la CABA del 1,4% al 3,75% y luego la bajó al 3,5%. Fue por el traspaso de Nación a CABA de fondos para la seguridad en territorio porteño, porque antes esa función la desempeñaba la Policía Federal Argentina (PFA).
“Lo que le quitó de esa porción que va a las provincias se lo dio a la Ciudad de Buenos Aires y después, esto que había sido discutido y criticado por todos los gobernadores del país fue resuelto por otro decreto del gobierno del presidente Alberto Fernández, pero no quedó solamente un decreto simple. Esto es lo que la sociedad no sabe y hay que explicarle, hubo una ley del Congreso de la Nación, una ley que consagró ese decreto y esa nueva distribución del ingreso”, contrapuso CFK.
“Sin embargo la Corte hizo caso omiso a una ley. Estamos hoy en un momento en el que se suspende una ley, una cosa insólita. Las leyes no pueden suspenderse, el único que puede suspender una ley es el Congreso, que es el que las sanciona, el Poder Judicial solamente puede declararla inconstitucional y no aplicarla, pero suspenderla es imposible”, indicó.
En la cautelar, la CSJN suspendió la Ley N° 27.606 aprobada por el Congreso nacional en el año 2020, por la cual se estableció que la Ciudad de Buenos Aires debe recibir, como lo hace desde el año 2002, el equivalente al 1,4% del total de los fondos coparticipables y, además, el monto equivalente al costo de funcionamiento de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires que se le transfirió en el año 2016.
En tanto, la Corte en la cautelar estableció que Nación debe girar el 2,95% de los fondos coparticipables a CABA, una suma de 180 mil millones de pesos adicionales a los que ya percibe la Ciudad.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






