Defensa al Consumidor de CABA retiró en 2022 de la venta más de 4.467 alimentos vencidos y sin información
La Jefatura de Gabinete porteña informó que la Dirección General de Defensa al Consumidor de la Ciudad labró este año 311 actas de infracción a autoservicios barriales, markets y supermercados de cercanía por “comercializar alimentos vencidos o con falta del rotulado obligatorio en alimentos que se comercializan trozados o fraccionados”, lo que representa 4.467 productos que se retiraron de circulación “por indicación de los inspectores”. La Gerencia de Inspecciones y Lealtad Comercial del organismo porteño explica que, en promedio, en “cada inspección donde se detectan irregularidades, se registran entre 10 y 15 productos en situaciones similares”: “Es decir que pueden encontrarse agrupados, por ejemplo, yogures con similar fecha de caducidad que siguen a la venta o bandejas de fiambre o trozos de queso rotulados [...]
La Jefatura de Gabinete porteña informó que la Dirección General de Defensa al Consumidor de la Ciudad labró este año 311 actas de infracción a autoservicios barriales, markets y supermercados de cercanía por “comercializar alimentos vencidos o con falta del rotulado obligatorio en alimentos que se comercializan trozados o fraccionados”, lo que representa 4.467 productos que se retiraron de circulación “por indicación de los inspectores”.
La Gerencia de Inspecciones y Lealtad Comercial del organismo porteño explica que, en promedio, en “cada inspección donde se detectan irregularidades, se registran entre 10 y 15 productos en situaciones similares”: “Es decir que pueden encontrarse agrupados, por ejemplo, yogures con similar fecha de caducidad que siguen a la venta o bandejas de fiambre o trozos de queso rotulados de forma deficiente pertenecientes a un mismo lote”.
“Como establece la ley, todos los bienes y servicios deben ser comercializados en forma segura, es decir, sin causar perjuicio a la integridad física de los consumidores”, remarcó Julia Domeniconi, secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad. “En su trabajo diario nuestros inspectores han labrado este año más de 1.100 actas por incumplimientos de la legislación en comercios, cerca del 30% de estas infracciones son referidas a la venta de productos para el consumo y por eso tenemos que estar muy atentos”, agregó la secretaria.
“El número de sanciones este año se incrementó con respecto a los ejercicios anteriores en cuanto a incumplimiento del artículo 5º de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, que indica que los productos no deben presentar un riesgo para la salud, como es el caso de aquellos comestibles vencidos. Vale destacar que la resolución nacional 146/2004 obliga a quienes comercializan productos fraccionados a informar mediante rotulado la fecha de envasado y de vencimiento, lote y marca del producto, entre otras informaciones”, alertan fuentes oficiales.
“Lo primero que verificamos son las góndolas de lácteos, y dentro de este sector, con especial detenimiento en los destinados al consumo infantil, como yogures o leches para la primera infancia”, afirmó Vilma Bouza, directora de Defensa al Consumidor. “Aunque se clasifiquen como de larga vida, muchas veces en algunos autoservicios puede ocurrir que estos productos estén vencidos”, sumó
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






