Constitución: intimaron a Cristina Kirchner por alterar la convivencia del barrio bajo arresto domiciliario
El juez Rodrigo Giménez Uriburu advirtió a la expresidenta tras participar en el despliegue de una bandera gigante desde su balcón durante un acto político. El magistrado señaló que, de reiterarse estas conductas, podría revocarse el beneficio del arresto domiciliario.
El Tribunal Oral Federal a cargo de la ejecución de la pena de seis años de prisión impuesta a Cristina Kirchner emitió una intimación formal a la exmandataria por haber incumplido las pautas fijadas para el mantenimiento de su arresto domiciliario en su residencia de la calle San José al 1100. La resolución judicial advierte que nuevas infracciones a las reglas de conducta estipuladas podrían derivar en el traslado de la condenada a un establecimiento penitenciario.
La medida del juez Rodrigo Giménez Uriburu responde a un episodio ocurrido el pasado domingo 14 de junio, en el marco de una movilización de militantes encabezada por la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, al cumplirse el primer año de la detención de la expresidenta. Durante la manifestación, se extendió una bandera de grandes dimensiones mediante cables tensores que cruzaban la calzada pública, uniendo el balcón del departamento de Kirchner con un edificio situado en la vereda de enfrente.
El escrito judicial de cinco páginas detalla que, a diferencia de otras concentraciones públicas frente al domicilio donde la exfuncionaria no había tenido intervención directa, en esta ocasión se constató una participación personal y activa. Según el magistrado, la condenada utilizó el balcón de su vivienda como punto de anclaje para la estructura y colaboró manualmente en la sujeción de la pancarta.
El tribunal fundamentó la advertencia formal en base a tres causales principales basadas en el artículo 34 de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena. Riesgo para la seguridad pública: El despliegue de la bandera con cables de alta resistencia representó un peligro potencial para la integridad física de peatones, automovilistas y la propia exmandataria. Falta de autorizaciones regulatorias: La instalación de cartelería en la vía pública requiere permisos municipales específicos; de no poseerlos, la acción configura una presunta contravención. Alteración de la convivencia: La maniobra afectó directamente la obligación expresa de abstenerse de realizar conductas que perturben la tranquilidad del vecindario y de los residentes linderos.
El fallo concluye que el comportamiento observado resulta incompatible con las pautas impuestas oportunamente por el tribunal para otorgar la modalidad de detención domiciliaria, por lo que se ordenó a la imputada abstenerse de repetir este tipo de hechos bajo apercibimiento de ley.







