Desregulación aérea: las fuerzas de seguridad podrán brindar servicios aeroportuarios y de rampa en los aeropuertos del país
Lo dispuso el Gobierno nacional. "Las fuerzas públicas podrán actuar de forma inmediata en situaciones de paros encubiertos o medidas de fuerza extorsivas que perjudiquen a los pasajeros y afecten el normal funcionamiento aeroportuario", aclaró.
Tras las medidas de fuerza en el Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery de la Ciudad de Buenos Aires y el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, el Gobierno nacional, mediante la Resolución 49/2024, aprobó “el proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general para que las fuerzas de seguridad o cualquier persona física o jurídica que reúna ciertos requisitos legales, técnicos y económicos pueda brindar el servicio”.
Ante los acontecimientos de esta semana, se impulsó la medida desde la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
“De esta manera, las fuerzas públicas podrán actuar de forma inmediata en situaciones de paros encubiertos o medidas de fuerza extorsivas que perjudiquen a los pasajeros y afecten el normal funcionamiento aeroportuario, llevando adelante de manera temporal y excepcional los servicios de rampa y aeroportuarios operacionales en beneficio de las líneas aéreas y de los pasajeros. Cabe recordar que en lo que va del año, Intercargo realizó 16 asambleas y 4 paros, perjudicando enormemente a los pasajeros que en todas estas oportunidades quedaron varados arriba del avión o a la espera de su equipaje. Con esta desregulación, las personas no podrán ser tomadas nuevamente de “rehenes” a causa de medidas gremiales ajenas a sus intereses”, expone un comunicado de Transporte.
“Además, al haberse desregulado totalmente los servicios operacionales y de rampa en los aeropuertos, todo operador privado que quiera brindar estos servicios y cumpla ciertos requisitos tendrá la libertad de hacerlo e Intercargo deberá competir como cualquier empresa. De esta forma, se incorporarán nuevos actores al mercado argentino para beneficio de los usuarios y pasajeros”, se agrega.
“Esta normativa también está enmarcada en el principio de “Silencio Positivo” con el objetivo de desburocratizar y agilizar las tramitaciones necesarias, es decir, que cumplido un cierto tiempo de iniciado el trámite, y habiéndose verificado el cumplimiento de todas las condiciones operativas, técnicas y de seguridad; la autorización será automática y tendrá una duración de 15 años con posibilidad de renovación. El Gobierno Nacional, continúa avanzando en la desregulación del transporte aéreo, adecuando los servicios aeroportuarios a las dinámicas actuales del transporte aerocomercial y para comodidad de todos los argentinos”, finaliza Transporte.
EDICTO JUDICIAL
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 del Departamento Judicial de Avellaneda- Lanús, a cargo del Dr. Martín Alfredo Botassi, cita a los herederos de Vicente Mastrorilli y Montefusco; Víctor Mastrorilli y Montefusco; Francisca Mastrorilli y Montefusco; Ángela Foresti y Montefusco; Alberto Foresti y Montefusco; Rafael Foresti y Montefusco; Velia Foresti y Montefusco; Albor Albert; Domingo Sergio Albert y Foresti; y a quién se crea con derechos en relación al inmueble objeto de autos, sito en la calle General Miller N° 2660 de la localidad y Partido de Lanús, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección N, Manzana 19, Parcela 29, Matrícula 43002, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “D’AMICO, VERONICA ANDREA Y OTROS C/ MASTRORILLI Y MONTEFUSCO, VICENTE Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA” Expte. 22.491/2025, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial para que los represente. Fdo: Martin Alfredo Botassi. Juez.






