El GCBA restaurará el pórtico de acceso al Cementerio de la Recoleta
El objetivo es "revalorizar los aspectos arquitectónicos y urbanísticos del Peristilo, dado el aporte del monumento al paisaje urbano y espacio público de nuestra ciudad".
El Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires hizo un llamado a licitación pública para contratar obras de restauración edilicia en el Cementerio de la Recoleta (Comuna 2).
El nombre de la obra es “Peristilo Cementerio de Recoleta” y cuenta con un presupuesto de $751.092.759,28. La apertura de ofertas se celebrará el 5 de diciembre.
“El objeto de la presente licitación pretende revalorizar los aspectos arquitectónicos y urbanísticos del Peristilo, dado el aporte del monumento al paisaje urbano y espacio público de nuestra ciudad”, indican fuentes oficiales.
La documentación de la licitación explica que “el objetivo es conservar y restaurar los valores del Peristilo neoclásico, el significativo pórtico de acceso principal del cementerio. El Peristilo es Monumento Histórico Nacional, junto a los Peristilos del Cementerio de la Chacarita y Flores por Decreto 1.289/2007”.
Se recuerda que “está catalogado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con protección integral” y “en virtud
de la zona, Ámbito Recoleta APH 14, se encuentra permanentemente visitado, posee interés turístico con concurrencia masiva nacional e internacional, dada la gran cantidad de sepulcros históricos, mausoleos y bóvedas de personajes ilustres y protagonistas de nuestra historia.
“Para eso se deberán respetar los siguientes criterios generales: las intervenciones deben ser las mínimas posibles en los procedimientos de restauración, conservando la integridad de las piezas originales; debe realizarse un registro de los elementos patrimoniales previo al inicio de las tareas; debe respetarse la autenticidad de cada una de las piezas componentes. De afectarse componentes patrimoniales en las ejecuciones de las tareas encomendadas por la presente licitación, el Contratista tendrá la obligación de reparar, restaurar o reponer las piezas dañadas, utilizando las técnicas tradicionales y contemplando la reversibilidad de los materiales agregados”.
“Debe existir compatibilidad de las piezas repuestas con las piezas originales; las intervenciones no deben alterar de manera alguna la continuidad estructural, el aspecto, color y textura de las partes y piezas que constituyen los distintos subsistemas. Cualquier incorporación visible u oculta de una pieza o parte contemporánea debe respetar este principio.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






