Publicado el 24 de agosto de 2026|

El IVC establece un protocolo para controlar el ingreso de materiales de construcción al Playón Chacarita

La medida fue aprobada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad y comenzará a regir tras su publicación y difusión en el barrio. El organismo aclara que el procedimiento no prohíbe por sí mismo el ingreso de materiales ni reemplaza las facultades de otros organismos para fiscalizar obras.

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El Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) aprobó un protocolo para registrar, constatar y verificar el ingreso de materiales de construcción al barrio Playón Chacarita (Comuna 15), con el objetivo de detectar intervenciones edilicias que puedan requerir la intervención de otras áreas del Gobierno porteño.

La medida quedó establecida mediante la Resolución N.º 495/IVC/26, firmada el 21 de agosto y publicada este lunes 24 de agosto en el Boletín Oficial de la Ciudad. El procedimiento fue presentado por el IVC como una herramienta de carácter preventivo, administrativo y operativo vinculada al proceso de reurbanización del barrio.

Según la resolución, el ingreso, traslado y acopio de materiales constituye un elemento que puede ser registrado para identificar transformaciones edilicias y situaciones de autoconstrucción que eventualmente requieran controles o autorizaciones específicas.

Qué establece el protocolo

La Dirección General de Abordaje Territorial en Barrios Populares será el área encargada de implementar y realizar el seguimiento del protocolo. Entre sus funciones estará la registración de las actuaciones y verificaciones que correspondan dentro de sus competencias.

El procedimiento contempla además la articulación con otros organismos de la Ciudad cuando se detecten situaciones que puedan estar relacionadas con obras nuevas, ampliaciones, modificaciones estructurales, incrementos de superficie construida u otras intervenciones que requieran permisos, registros o fiscalización.

El IVC aclaró expresamente que el protocolo no implica una prohibición general para ingresar materiales de construcción. La evaluación deberá considerar en cada caso aspectos como la naturaleza, cantidad, volumen, reiteración y destino declarado de los materiales, además de otras circunstancias objetivas.

La resolución también establece que la registración del ingreso de materiales no constituye una autorización ni una regularización de obras.

El IVC no asumirá facultades de otros organismos

Uno de los puntos destacados del texto es que el protocolo no otorga al IVC potestades generales de policía urbanística, edilicia, de seguridad, tránsito o uso del espacio público.

El organismo señala que su intervención quedará limitada a tareas de registración, constatación, observación, relevamiento territorial, seguimiento administrativo y comunicación de situaciones que puedan requerir la actuación de las autoridades competentes.

De esta manera, las facultades de autorización, inspección, fiscalización, sanción, clausura o decomiso continuarán en manos de los organismos que tienen esas competencias asignadas por la normativa vigente.

Qué materiales estarán alcanzados

La resolución también aprobó un “Listado de Materiales Alcanzados”, que forma parte del protocolo. La inclusión de un material en ese listado no significa que esté prohibido dentro del barrio, sino que su ingreso puede quedar sujeto al mecanismo de registración y constatación previsto.

El procedimiento se enmarca en la Ley 5.799, que estableció la reurbanización, zonificación e integración social, cultural, ambiental y urbana del Playón Chacarita y designó al IVC como autoridad de aplicación.

El barrio está incluido además dentro de la Urbanización de Barrio Popular UBP 63 – Barrio Playón Chacarita, contemplada por el Código Urbanístico porteño.

Cuándo comienza a regir

El protocolo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, aunque la resolución establece que previamente deberá garantizarse su adecuada difusión dentro del barrio mediante canales accesibles para sus habitantes.

La implementación estará a cargo de la Dirección General de Abordaje Territorial en Barrios Populares, que deberá coordinar su aplicación con las áreas y organismos de la Ciudad que correspondan.

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