Jorge Macri propone construir un viaducto para el tren Sarmiento
El precandidato a jefe de Gobierno planteó que "cada día decenas de miles de personas pierden un tiempo de su vida que sumado equivale a más de 200 días aguardando a que abra la barrera".
El ministro de Gobierno, exintendente de Vicente López y precandidato a jefe de Gobierno del PRO dentro de la alianza Juntos por el Cambio, Jorge Macri, propuso construir un viaducto para el tren Sarmiento.
A través de sus redes sociales, el funcionario explicó: “El tren Sarmiento recorre 80 cuadras en la Ciudad, desde Liniers hasta la Estación de Once. En el recorrido cruza 22 pasos a nivel. Cada vez que pasa un tren las barreras cortan el tránsito. Tal vez muchos no lo sepan, pero en algunos horarios las barreras pueden llegar a permanecer bajas más del 60% del tiempo total y en casi todos los horarios, el tiempo en que están cerradas supera el 50%”.
“O sea, aunque suene increíble, en los horarios pico las barreras suelen estar más tiempo cerradas que abiertas. La espera a que se levante la barrera puede durar de 60 segundos a 3 minutos o más, si se trata de un paso a nivel próximo a una estación o si el cruce de los trenes en ambos sentidos coincide pero no es simultáneo. Como sea, cada día decenas de miles de personas pierden un tiempo de su vida que sumado equivale a más de 200 días aguardando a que abra la barrera”, sumó.
SERÁ UNA PRIORIDAD DE MI GOBIERNO ELEVAR EL TREN SARMIENTO Y LIBERAR BARRIOS ENTEROS
Este es el problema:
El tren Sarmiento recorre 80 cuadras en la Ciudad, desde Liniers hasta la Estación de Once. En el recorrido cruza 22 pasos a nivel. Cada vez que pasa un tren las barreras… pic.twitter.com/Mljcut6iGW
— Jorge Macri (@jorgemacri) July 6, 2023
“La solución: Será una prioridad de mi gobierno realizar el Viaducto Sarmiento que recorrerá por arriba de la tierra los 11 kilómetros que abarcan 8 barrios. Liberaremos casi 35 hectáreas lineales que hoy ocupan las vías del ferrocarril para que sean aprovechadas para esparcimiento, espacio libre, comercio, ciclovía y deportes”, planteó.
“La suma de la población que será beneficiada es de casi 1.200.000 personas, que no solo dejarán de perder su tiempo esperando que se levante la barrera sino que además verán cambiar sus vidas. Los estudios técnicos prevén que la realización de la obra completa demandará entre 26 y 36 meses, o sea, tres años o menos. Para esto queremos gobernar la Ciudad. Venimos a traer soluciones”, concluyó.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






