Jorge Macri respaldó la baja de la edad de imputabilidad tras una persecución policial en la General Paz
“Delito de adulto, pena de adulto”, destacó el jefe de Gobierno porteño en apoyo a las medidas del Gobierno de Javier Milei.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, ratificó su apoyo a la baja de la edad de imputabilidad impulsada por el Gobierno nacional, tras una extensa persecución policial ocurrida en la madrugada del lunes sobre la avenida General Paz y distintos puntos del conurbano bonaerense. El operativo terminó con la detención de dos delincuentes, uno de ellos de 17 años y con antecedentes por robo agravado, lo que reavivó la discusión sobre el régimen penal juvenil.
“Delito de adulto, pena de adulto”, escribió Macri en su cuenta oficial de X, donde subrayó que, pese al accionar de las fuerzas de seguridad, el marco legal vigente resulta insuficiente. En ese sentido, insistió en la necesidad de avanzar de manera urgente con una reforma que reduzca la edad de imputabilidad y evite que menores involucrados en hechos graves recuperen la libertad rápidamente.
La persecución se inició cuando personal de la División Anillo Digital detectó un Volkswagen Polo que circulaba de forma imprudente y a alta velocidad sobre la General Paz, a la altura de Villa Lugano. Al intentar identificar el vehículo con balizas y sirenas, el conductor se dio a la fuga, lo que derivó en un seguimiento de casi 50 cuadras que finalizó con la detención de los sospechosos.
Las declaraciones del jefe de Gobierno se conocieron en paralelo a la confirmación del Ejecutivo nacional de que la baja de la edad de imputabilidad será incorporada al temario de las sesiones extraordinarias del Congreso. El debate, que lleva décadas en la agenda pública, había avanzado de manera significativa el año pasado, cuando el oficialismo logró un dictamen de mayoría en comisión, aunque finalmente no llegó al recinto por falta de consensos y otras prioridades políticas.
Con el recambio legislativo, ese dictamen perdió estado parlamentario y la discusión deberá reiniciarse formalmente. No obstante, desde La Libertad Avanza dejaron trascender que están dispuestos a retomar gran parte de los acuerdos alcanzados en 2025. El proyecto original, enviado por el Poder Ejecutivo en julio de 2024, proponía fijar la edad mínima de responsabilidad penal en 13 años, pero tras negociaciones con aliados como el PRO y la UCR, el texto consensuado estableció el umbral en 14 años.
El dictamen de mayoría, firmado por LLA, PRO, UCR, Innovación Federal, la Coalición Cívica y Democracia para Siempre —estos últimos con disidencias—, contempla una pena máxima de 15 años de privación de la libertad únicamente para delitos graves como homicidio, abuso sexual o secuestro. Para el resto de los casos, prioriza penas alternativas, como tareas comunitarias, restricciones de acercamiento, reparación del daño, monitoreo electrónico o prohibiciones específicas, dejando la prisión como último recurso.
El régimen también pone el foco en un abordaje integral, con la creación de institutos especiales para menores, personal capacitado en infancia y adolescencia, prohibición de convivencia con adultos detenidos y programas educativos, de salud y de tratamiento de adicciones. Estos puntos generaron tensiones con algunas provincias, que reclamaron financiamiento nacional para construir las nuevas instalaciones.
La decisión de incluir el tema en las sesiones extraordinarias se tomó en un contexto de fuerte conmoción social, marcada por el crimen de Jeremías Monzón en Santa Fe, un adolescente de 15 años asesinado con más de 20 puñaladas, cuya principal sospechosa es una compañera de escuela de 16. Ese caso aceleró las definiciones políticas y volvió a colocar el debate sobre la imputabilidad juvenil en el centro de la escena.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






