Parque Patricios: piden informes por la ocupación del Parque Uriburu
"Lo investigado arroja que ninguna licitación ha sido otorgada y que no se está construyendo nada, por lo cual se llega a la conclusión que básicamente están usando el Parque Uriburu como depósito", indicaron los legisladores de Unión por la Patria.
Legisladores de Unión por la Patria presentaron un pedido de informes “presente, los siguientes puntos referidos a la ocupación del Parque José Evaristo Uriburu , Comuna 4 del barrio de Parque Patricios , sector de l as calles Pepirí y Los Patos”.
“a) r emita permiso de ocupación del predio indicado, adjuntando acto administrativo expediente y/o toda documentación que acredite la misma. Indicar el término de finalización y los metros de ocupación autorizados b) i ndique las ta reas en concreto que se encuentran realizando en el lugar ocupado y que materiales se encue ntran depositados al aire libre; c) r emita los informes de impacto ambiental o plan de gestión ambiental de todos l os años de ocupación a la fecha”, solicitan, entre otros puntos.
La defensa sostiene: “Como advierten los vecinos y vecinas del barrio de Parque Patricios e n la campaña que empezó la Comisión Ambiental de la Asamblea de Parque Patricios bajo el nombre de “Devuelvan el Parque Uriburu”, d esde hace 12 años el Parque Uriburu está usurpado por empresas multimillonarias: Techint y Sbase/Emova. Para estas empresas y el gobierno de l a c iudad las ganancias son más import antes que los espacios verdes, el medio ambiente o la situación de los manteros que fueron desalojados y perdieron sus fuentes de ingreso . Frente a ello, la única respuesta que obtuvieron ante el pedido de información pública , es que se están h aciendo tareas de planificación y de diseño para la extensión del subte H . Lo investigado arroja que ninguna licitación ha sido otorgada y que no se está construyendo nada, por lo cual se llega a la conclusión que básicamente están usando el Parque Uriburu como depósito”.
“No parece haber intenciones de dejar el parque por parte de los ocupantes y la justificación de la extensió n de la Línea H del subte tampoco parece ser la razón de la ocupación. De hecho, hace años que esa obra está inconclusa sin avanzar. En un contexto donde vemos el constante deteri oro del servicio de transporte y el aumento de las quejas de sus usuarios , s e llevó adelante un fuerte aumento del pasaje, provocado por el ajuste del gobierno nacional, que es cada vez más difícil de pagar. Sin embargo, la empresa Emova, tendrá una ganancia estimada de unos $ 5.216.320.000 que salen de los bolsillos de millones d e usuarios y sus trabajadores. Cifra que representa un 310% de aumento interanual con respecto a la ganancia de 2023”, suman.
“Ello evidencia una clara diferencia de criterios respecto a la usurpación u ocupación del espacio público, toda vez que, por un lado saca n a los manteros y a la gente en situación de calle del mismo parque y, en este caso en particular una empresa multimillonaria puede tomar el parque durante 12 años sin que nadie diga nada. La Asamblea de Parque Patricios viene difundiendo la lucha de los y las manteras, quienes todos los fines de semana vendían mercadería en el parque . E n su mayoría son mujeres con hijos que trabajan, pero al no alcanzarles el dinero, recurrían a ese trabajo como changa. Estas fueron brutalmente desalojadas por la policía de la c iudad. A ello se suma e l impacto ambiental que tiene esta ocupación irregular , en el cual destruyeron árboles que están dentro del obrador, cementaron el lugar y hay una gran cantidad de materiales en un estado de abandono total”, concluyen.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






