Por las colas y problemas técnicos, extendieron el horario de votación en CABA
Hubo críticas de alianzas políticas y de autoridades judiciales.
Ante las extensas colas y fallas técnicas para emitir voto con la Boleta Única Electrónica, la Justicia electoral permitió este domingo en la Ciudad de Buenos Aires el desarrollo de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) más allá del horario de cierre oficial, a las 18 hs, y se espera que terminen pasadas las 19.30 hs.
Además de este permiso, de manera oficial la jueza federal electoral de la Capital Federal María Servini aprobó la extensión del horario de votación en varios colegios porteños: La Colegio Raices (Gavilan 4455, Comuna 12) Instituto San Isidro Labrador (Av. San Isidro 4700, Comuna 12) Escuela N° 2, Maestro Luis Vicente (Larrazabal 5440, Seccion 8) Escuela N° 12 Facundo Zuviria (Franklin 1836, Comuna 7) Escuela N° 24 Maipu (Gallardo 521, Comuna 10) Instituto San Francisco Sales (Hipolito Yrigoyen 3900, Comuna 5) Escuela N° 24, Ejercito Argentino (Av. Nazca 5168, Comuna 12).
Esta situación fue recibida con críticas por los distintos sectores políticos. Por ejemplo, desde el búnker de Unión por la Patria, en Chacarita (Comuna 15), el precandidato a legislador porteño y ministro de Turismo Matías Lammens dijo: “No hay antecedentes de este tipo de problemas”. Habló del “mal funcionamiento” y aseguró: “Ya habrá tiempo de buscar a los responsables políticos”.
Desde el búnker de La Libertad Avanza, el precandidato a jefe de Gobierno Ramiro Marra dijo: “Cambiaron las reglas a último momento. Nosotros lo dijimos, quisieron beneficiar a un candidato en particular y lo que tuvimos fue damnificación a los porteños que fuimos a votar”.
A media tarde, la Cámara Nacional Electoral (CNE) expresó su preocupación ante el desarrollo de los comicios en CABA. “(El sistema electrónico) dificultó la participación de los votantes en la Ciudad y también en el proceso de votación para cargos nacionales, ajeno a las deficiencias de dicho sistema electrónico local”, alertó el organismo.
La jueza federal electoral de la Capital Federal María Servini había dicho este domingo por la mañana: “Resulta preocupante el grado de improvisación con el que se han manejado tanto la empresa contratada para la provisión e instalación de las máquinas de votación, como el propio Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad de Buenos Aires, evidenciando una impericia nunca antes vista en la organización y ejecución de un proceso electoral”.
Pasadas las 19 hs, la Cámara Nacional Electoral detalló que, cerrada la votación, el 68,3% del padrón asistió a la votación de este domingo.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






