Revisarán el sistema de control de faltas en CABA
El Poder Ejecutivo invitó al Poder Judicial y al Poder Legislativo a integrar una Comisión Interpoderes.
El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 312, invitó al Poder Judicial y al Poder Legislativo a integrar una Comisión Interpoderes para “la revisión y refuncionalización del sistema de control de faltas en el ámbito de la CABA”.
Los considerandos del Decreto contextualizan: “A través de la gestión cotidiana puede advertirse la necesidad de revisar de manera integral y sistémica el actual régimen, procedimiento y proceso de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, así como toda otra normativa que resulte de aplicación, con el fin de adoptar un modelo que responda con mejores herramientas a los principios de eficiencia, eficacia, transparencia y celeridad que demanda de la gestión administrativa y de acceso a la justicia”.
“Este Gobierno entiende que la articulación y trabajo mancomunado entre los Poderes del Estado en pos del interés público, contribuirá a la búsqueda de consensos y a un abordaje integral de las problemáticas públicas”, se agrega.
“en virtud de lo expuesto, resulta conveniente invitar al Poder Judicial y, al Poder Legislativo a integrar una Comisión Interpoderes para la revisión y refuncionalización del sistema de control de faltas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, indica el Decreto del Poder Ejecutivo.
Esta Comisión se encargará de “efectuar un diagnóstico sobre el nivel de aplicabilidad de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de faltas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
También deberá “analizar y detectar las oportunidades de mejora en el sistema de faltas vigente en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerando los aspectos normativos, procesales y organizacionales, tanto en el ámbito del Poder Ejecutivo como en el ámbito del Poder Judicial”.
Por otra parte, se le encomendará “elaborar y proponer modificaciones al marco normativo aplicable al sistema de control de faltas, que respondan a los principios de eficiencia, eficacia, transparencia y celeridad de la Administración Pública.
La Comisión se integrará por: a) El Ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, o por el señor Secretario de Justicia, en representación del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. b) El Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Presidente de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, y un/a Juez/a de Primera Instancia del fuero que se designará a tal efecto por la Cámara, todos ellos en representación del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c) La Presidenta y Vicepresidenta de la Comisión de Justicia de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación de ese poder. La Comisión será presidida por el Ministro de Justicia o por el Secretario de Justicia.
También se facultó al Ministro de Justicia y al Secretario de Justicia, a “dictar los actos administrativos complementarios, operativos y aclaratorios que fueren necesarios para dar cumplimiento a lo establecido” en el Decreto. Artículo 4°.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






