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Los metrodelegados anunciaron un nuevo paro en las Líneas A y H

La medida de fuerza regirá este viernes de 14 a 16 hs. También levantarán los molinetes una hora antes del corte del servicio y media hora después en las estaciones Facultad de Derecho, Hospitales, San Pedrito y Plaza de Mayo.

Publicado el 13 de abril de 2023|

La Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (Agtsyp) anunció un paro en las Líneas A y H, el cual regirá este viernes, entre las 14 y las 16 hs.

También levantarán los molinetes una hora antes del corte del servicio y media hora después, en las estaciones Facultad de Derecho y Hospitales (Línea H) y San Pedrito y Plaza de Mayo (Línea A).

Es parte de su “plan de lucha reclamando reducción de la jornada con dos francos, para reducir la exposición al asbesto, cambio de flotas contaminadas y reposición de personal faltante”, informó el gremio.

“EMOVA y SBASE ocultaron por años a lxs trabajadorxs la presencia de asbesto en la red, a pesar de que figuraba en los manuales de los trenes. Fue gracias al sindicato que se lograron avances en el ámbito subterráneo y en la justicia. Pasaron 5 años y no hay plan en ejecución”, denunciaron.

Los metrodelegados también emitieron un comunicado para refutar dichos de la concesionaria del subte: “La empresa dice que el asbesto no representa riesgo alguno para la salud. Las estadísticas oficiales desmienten a Emova: dos trabajadores muertos de cáncer por exposición a asbesto en la red subterránea fueron reconocidos por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Un trabajador jubilado fallecido de cáncer en 2020, en proceso de reconocimiento. 84 empleados y empleadas con afección en la Pleura, bajo vigilancia médica. 6 de ellos que desarrollaron cáncer por exposición a asbesto en su puesto de trabajo. Una pasajera fue reconocida como afectada en el Amparo Ambiental que tramita en la justicia”.

“La Justicia desmiente a la EMOVA: Reproducimos un extracto del fallo del 28 de febrero del 2023 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario: “Adviértase que ha quedado demostrado que la exposición al asbesto es determinante de riesgo y que su presencia puede ocasionar un grave daño ambiental y a la salud, independientemente de las concentraciones existentes”. La empresa dice que trabaja activamente en el plan de desasbestización desde hace cuatro años. Esto no es cierto, no existe un plan. A pesar de las estadísticas y de las evidencias, no hay un plan de desasbestización para la red. Durante el año 2018, nuestro sindicato presentó a Emova 85 pruebas positivas de asbesto de distintas flotas en circulación. La empresa sólo reconoció contaminación en la flota CAF 5000″, agregaron.

Semanas atrás ante las primeras medidas de fuerza de este tipo, Emova, empresa concesionaria del subte y el Premetro, informó: “La empresa lamenta que estas medidas sindicales perjudiquen directamente a los usuarios, en una franja horaria muy sensible en que el Subte es utilizado mayormente para trasladarse a sus respectivos trabajos o actividades educativas. La compañía ha asistido a todas las audiencias desarrolladas por las autoridades laborales de la Ciudad, manifestando en reiteradas oportunidades su disposición a analizar cambios en sus esquemas de trabajo, advirtiendo que resulta inviable reducir una jornada de 36 horas sin afectar las actividades de operación y mantenimiento de la red de Subte”.

“El incremento en la cantidad de francos pretendido según plantea el sindicato, manteniendo la actual jornada diaria de 6 horas implicaría una disminución de 36 a 30 horas semanales. Este resultado es incompatible con una operación adecuada del servicio y por debajo de niveles apropiados de productividad. No existe antecedente alguno en metros de Latinoamérica y del mundo de una jornada semanal como la que está demandando el gremio. La jornada actual de 6 horas diarias incluye refrigerio y descanso, siendo el tiempo efectivo de trabajo aún menor, con casos como el área de Tráfico (conductores y guardas) en que la jornada oscila entre 4 y media y 5 horas de operación efectiva. Los resultados de nuestra operación cumplen los parámetros de calidad requeridos y además se han introducido innovaciones técnicas y operativas que permiten seguir avanzando en un proceso de mejora sostenida. Una vez más, lamentamos que esta medida de fuerza injustificada perjudique a las personas que necesitan trasladarse en la ciudad a través de este medio de transporte”, sumaron.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.