Aníbal Fernández denunciará a Karina Milei porque LLA acusó a Gendarmería de cambiar “el contenido de las urnas”
"Es un grado de estupidez feroz al que nos quieren someter”, refutó el ministro de Seguridad de la Nación ante los planteos libertarios.
Los apoderados de La Libertad Avanza, Karina Milei y Santiago Viola, presentaron una denuncia ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°1 en base a testimonios anónimos sobre presuntas irregularidades en la votación del 22 de octubre, acusando a Gendarmería Nacional (GN) de “cambiar el contenido de las urnas y la documentación por otras que modifican en favor del partido gobernante y de Sergio Massa”. Ante estos dichos, el ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, anticipó que denunciará a esos dirigentes y dijo que eran “estupideces” esos planteos.
“Lo que la Gendarmería hace, al igual que la Policía Federal y la Policía de Seguridad Aeroportuaria, es estar presentes en los lugares asignados. ¿Usted se imagina? La Gendarmería tiene 37.468 efectivos. ¿Se imagina haciendo un curso para enseñar cómo hacer la burrada que están diciendo estos tipos? ¿Ustedes creen que se conservan secretos de tantas personas? Es un grado de estupidez feroz al que nos quieren someter”, dijo el ministro y agregó: “Voy a hacer la denuncia penal, no me voy a callar la boca”.
“Es imposible lo que ellos plantean. Hacerlo en 15 minutos es tan estúpido como la explicación misma… Cuando me contaron lo que tenían, dije: ‘Hay que hacer la denuncia’. Porque no voy a permitir que sigan avanzando con esa porquería, y por otro lado, hay que contarle a la sociedad que es mentira, que no es verdad que sucedan esas cosas, ni con Gendarmería ni con ninguna fuerza”, apuntó Aníbal Fernández.
“Durante el año, Patricia Bullrich se manda una piolada. Saca un videíto y lo mete en un WhatsApp y manda mensjhaes teoricamente afeactuosos a la Gendarmería. Ahora se dan cuenta, la familia de la Gendarmería, que todo eso es mentira, porque hoy no apareció Patricia Bullrich para decir que esa misma Gendarmería que ella quiere reivindicar no hace estas mugres”, agregó.
Según la presentación libertaria, “el aparato oficial colocó algunas boletas de más de su partido o suprimió la de sus rivales”.
“Los integrantes de cada mesa, una vez realizado el escrutinio correspondiente entregan la documentación pertinente (acta, certificado, y telegrama de escrutinio) y las urnas a las fuerzas de seguridad y se retiran a sus domicilios considerando su misión cumplida y nunca más tienen contacto con la documentación y las urnas que entregaron firmadas”, alertaron.
Según LLA, hubo presuntas irregularidades en CABA, Provincia de Buenos Aires y algunas zonas del interior del país donde “los controles son escasos”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






