Elecciones en Boca: tras la suspensión, hubo un banderazo en La Boca y Riquelme denunció que Macri quiere privatizar el club
Los comicios se iban a desarrollar este fin de semana, pero la Justicia hizo lugar a una acción impulsada por la oposición.
Hinchas del Club Atlético Boca Juniors realizaron un banderazo frente a la Bombonera, en La Boca (Comuna 4), este martes por la noche para repudiar que la Justicia suspendió las elecciones en la institución, que se iban a realizar este fin de semana.
Los comicios se iban a dirimir entre la lista oficialista que lleva como candidato a presidente a Juan Román Riquleme, actual vice de Juan Amor Ameal. La lista de unidad opositora está encabezada por Andrés Ibarra, exministro de Modernización de la Nación, y por Mauricio Macri, expresidente de la Nación y expresidente en dos oportunidades del CABJ, en calidad de vice.
Esta última lista hizo una presentación judicial y denunció que la actual administración de forma irregular pasó a unos 13.000 socios de “adherentes” a “activos”, situación que los habilita a votar. “La dirigencia quiere truchar la elección”, dijo Ibarra.
Sigue llegando más gente al banderazo en reclamo contra la oposición por no permitir votar. pic.twitter.com/Xkv1Yxaa1D
— Diario Xeneize (@DiarioXeneize) November 28, 2023
La jueza Alejandra Débora Abrevaya, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 11, interpuso una medida cautelar y resolvió “suspender el acto de elecciones” hasta tanto se definan “la situación de irregularidades detectadas prima facie del padrón mediante la acción correspondiente de depuración”.
El banderazo fue convocado por Boca Es Pueblo y otras entidades que apoyan a Riquelme, quien dio una conferencia de prensa en La Bombonera. Más tarde acompañó la manifestación de los hinchas.
Durante la conferencia, el abogado del club Walter Krieger explicó: “La magistrada se equivocó con las fechas en las que fundó las razones de la suspensión de las elecciones. Y se cayó en una gran contradicción entre la propuesta histórica de tratar de generar socios activos y ahora suspender las elecciones por incorporar justamente socios activos”.
“La jueza funda su resolución en los dichos de algunos testigos que no se sabe como fueron incorporados a la causa, como por ejemplo los casos de Mario Pergolini y una ex empleada del club. Por eso, claramente y a la luz de estas irregularidades, se pedirá a la magistrada que revoque su medida”, agregó.
Riquelme también participó de una edición especial del programa El loco y el cuerdo con Flavio Azzaro y Duka desde La Bombonera.
“Estos tres personajes (Andrés Ibarra, Mauricio Macri, Mario Pergolini) quieren privatizar el club. Quieren que el Club Atlético Boca Juniors sea el primer club privatizado de nuestro país y que no se vote nunca más. Pero no lo van a lograr, vamos a ganar las elecciones”, sostuvo Riquelme.
“Están pasando por encima de la jueza: si lo digo yo, Riquelme dijo tal cosa de la jueza. Ojalá que la jueza hoy a la 1.40 vuelva a firmar el papel y mañana (miércoles) a la mañana le digamos a los hinchas que vamos a vivir una fiesta el día domingo. Tenemos todo preparado, las carpas están en la cancha. Estamos ilusionados, cada cuatro años tiene que ser una fiesta”, agregó.
Sobre la denuncia de los socios convertidos en activos de forma irregular, aseguró: El abogado del club lo explicó. Ojalá que ahora empiecen a preguntar, aunque sabemos que algunos no pueden hacerlo porque sabemos el poderío que tienen, pero yo no los veo con tanta euforia preguntando cómo hicieron para habilitar 51.473 socios en ocho años. ¿Por qué no le preguntan eso a ese señor? ¿No les parece raro que en 2019 había 115 mil votantes y hoy tenemos 114 mil? Y tenemos que escuchar a este señor las palabras que dicen”.
“Vamos a pasar un gran día y después de ganar las elecciones voy a golpear la puerta de cada vecino para preguntarle si están de acuerdo en vender su casa, porque ellos son los dueños. Si todos están de acuerdo, agrandaremos la Bombonera. No podemos permitir que estos tres personajes nos roben el corazón, porque si se van a la otra cuadra nos quitan toda nuestra historia gigante”, concluyó.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






