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Foto: Perfil

Reglamentaron la Ley para expropiar Cromañón y construir un Espacio de Memoria en Balvanera

La Ley había sido sancionada en octubre de 2022, por impulso de familiares de víctimas y sobrevivientes.

Publicado el 1 de diciembre de 2023|

El Gobierno nacional reglamentó la Ley nacional N° 27.695 para expropiar el inmueble en el cual funcionó República Cromañón. El objetivo es construir en Mitre 3038/78, barrio de Balvanera (Comuna 3), un Espacio de Memoria, administrado por autoridades nacionales y familiares y sobrevivientes del incendio producido el 30 de diciembre de 2004, por el cual murieron 194 personas y hubo cientos de heridos.

A través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se publicó el Decreto 652/2023 en el Boletín Oficial de la República Argentina. Esta cartera será el “sujeto expropiante de los inmuebles sitos en Bartolomé Mitre 3038/78” y deberá coordinar “las acciones necesarias con el fin de efectivizar el inmediato uso del inmueble” como Espacio de Memoria.

En el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos funcionará la Comisión Administradora del predio con dos representantes de dicha Secretaría, dos representantes del Ministerio de Cultura, tres representantes del Consejo de las Víctimas Sobrevivientes y de Familiares de las Víctimas Fatales.

Ya se le ordenó al Tribunal De Tasaciones de la Nación que tase el inmueble, para concretar la expropiación.

Por impulso de familiares de víctimas y sobrevivientes, en octubre de 2022 el Congreso de la Nación aprobó la Ley nacional N° 27.695 que declaró “de utilidad pública y sujetos a expropiación” el inmueble de la calle Mitre para “la creación de un espacio dedicado a la memoria de lo ocurrido el 30 de diciembre de 2004, cuando un estrago causó la muerte de al menos 194 personas y miles de heridos. A tal fin, se creará una muestra permanente que reflejará la historia de lo allí ocurrido, y se organizarán actividades culturales e informativas”.

Además, a comienzos de noviembre, el Gobierno nacional declaró Monumento Histórico Nacional al local donde funcionaba República de Cromañón.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.