Ley Ómnibus: quitaron unos 100 artículos, pero hay polémica por las privatizaciones y el texto final del dictamen
En el oficialismo aspiran a aprobar la Ley en forma general y luego negociar los artículos.
El oficialismo La Libertad Avanza y los bloques de oposición dialoguista este miércoles al atardecer y luego de varias horas de debate durante la sesión especial en Diputados de la Nación por la Ley Ómnibus seguían negociando por varios aspectos de este mega proyecto, entre ellos el capítulo sobre privatizaciones.
En tanto, también hay revuelo por la falta del texto final del dictamen. Miguel Pichetto, presidente del bloque de Hacemos Coalición Federal y en oposición dialoguista al Gobierno libertario, denunció que la sesión especial había iniciado y en las bancas no estaba el dictamen final, por lo cual se debatió durante la jornada sin una hoja de ruta oficial, con los cambios al día. En LLA afirmaron que esperaban tenerlo para las 16, cosa que no pasó y ahora hay versiones sobre la redacción final para el viernes, ya que entre las 22 y medianoche del jueves habría un cuarto intermedio.
En LLA querían privatizar 41 empresas estatales. Luego consensuó que sean 37, entre ellas los ferrocarriles (el servicio y la infraestructura), servicios de comunicación, Fabricaciones Militares, entre otros. Acordó que Arsat, Banco Nación y Núcleoeléctrica pueden ser privatizadas, pero con mayoría accionaria del Estado nacional. YPF no se privatizará, definieron.
Más allá de esta lista, en la oposición dialoguista insisten en bajar el número de empresas a privatizar, situación que todavía tiene final abierto.
Por otra parte, al inicio de la sesión especial de este miércoles en LLA acordaron la eliminación de las facultades para modificar asignaciones específicas, así como la facultad delegada amplia que figuraba en el artículo 13°, vinculada a la competencia, y también se modifican y limitan las facultades sobre prórroga de jurisdicción y rescisión de contratos, consigna Télam.
Asimismo, y de acuerdo a lo consensuado con los bloques, se eliminó el artículo sobre la transferencia de activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) al Tesoro Nacional, que figuraba en el artículo 194 del proyecto, y sólo se accedió a la consolidación de deuda, a la vez que se quitó el artículo de derogación de la incompatibilidad tras ser funcionario de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Además, se formalizó la eliminación del capítulo fiscal, que contemplaba la discusión por las retenciones y la fórmula previsional para calcular los haberes de los jubilados, así como el blanqueo de capitales, que ya había sido anticipada el viernes por el ministro de Economía, Luis Caputo. En torno al Impuesto PAIS, se dispuso que no habrá prórroga para ese gravamen, que está vigente por 5 períodos fiscales desde el 23 de diciembre de 2019 y hasta el 22 de diciembre de 2024. Se excluyeron además del dictamen el Régimen Impositivo de la Zona Fría y las Reformas a la Ley de Hidrocarburos. Además, entre otras cuestiones, se retiraron del capítulo de Ambiente los artículos referidos a la Ley de Bosques y su financiamiento, como reclamaban desde el radicalismo y Hacemos Coalición Federal y se eliminaron las sanciones más duras a los organizadores de protestas, menciona la agencia citada.
En ese sentido, quedaría sin efecto la definición de reunión o manifestación como “la congregación intencional y temporal de treinta (30) o más personas en un espacio público” y se suprime además el artículo vinculado a la vulneración a terceros por reuniones o manifestaciones sociales. Otro de los cambios está vinculado con la eliminación del todo el capítulo vinculado con la reforma política que incluía desde la eliminación de las PASO hasta la instauración del sistema de circunscripciones uninominales.
n tanto, de las 11 emergencias que establecían en el dictamen de mayoría, quedaron vigentes 6: la económica, financiera, de seguridad, tarifaria, energética y administrativa.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






