3nkluetqk6_1732044404.1344

Legislatura porteña: Audiencia Pública por la suspensión a los permisos de obra

Es para el tiempo en el que se discutan los cambios al Código Urbanístico.

Publicado el 20 de noviembre de 2024|

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires celebró este martes una Audiencia Pública por la Ley de aprobación inicial que valida el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno porteño para suspender los permisos de obra durante el tratamiento del Código Urbanístico.

Vale recordar que entre el 6 y el 15 de noviembre se desarrolló la Audiencia Pública correspondiente a la Ley de aprobación inicial del Poder Ejecutivo por los ajustes al Código Urbanístico. Resta su segunda lectura o sanción definitiva.

“Se trató el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº2/2024 que establece suspender el inicio de los trámites para certificados urbanísticos en la Ciudad y suspende la prórroga de certificados urbanísticos y el inicio de permisos etapa de proyecto y Consultas de Interpretación Urbanística y Consulta Obligatoria para las Unidades de Edificabilidad Bajas (USAB 1 y 2) por el plazo 180 días corridos, o hasta la sanción del proyecto de ley que modifica el Código Urbanístico”, indica un resumen parlamentario.

La audiencia pública fue presidida por el diputado Hernán Reyes, titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, acompañado por los diputados Paola Michielotto, María Luisa González Estevarena, Manuela Thourte, María Sol Méndez, María Inés Parry, Sandra Mónica Rey, Graciana Peñafort y Jorge Reta.

En la primera parte de la convocatoria se expusieron los alcances que establece el DNU, a cargo de Álvaro García Resta, de la Secretaría de Desarrollo Urbano.

“En el marco de la modificación del Código Urbanístico y en el contexto de resguardar la identidad barrial como uno de los temas más fundamentales de esa reforma, en el Poder Ejecutivo hemos decidido dar curso al DNU que suspende los certificados urbanísticos por 180 días corridos hasta se sancione el proyecto de ley de modificación del Código Urbanístico. También se contempló la suspensión de recepción de nuevos registros de planos de etapas de proyectos, y las disposiciones de la interpretación urbanística para las Unidades de Sustentabilidad U.S.A.B.1 y U.S.A.B.2, teniendo en cuenta que dichas unidades son propuestas susceptibles de modificación en el marco del Código Urbanístico” detalló el funcionario”, expuso el funcionario.

Luego expusieron los 17 inscriptos, que eran vecinos, profesionales, organizaciones civiles, ambientales y vecinales.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.