Publicado el 5 de junio de 2026|

Emiten dictamen en la Legislatura porteña para endurecer las sanciones contra los “trapitos”

Las comisiones de la Legislatura porteña emitieron un dictamen conjunto que incrementa las penas de arresto, las multas y los trabajos comunitarios para regular el espacio público, con especial foco en los organizadores y en las sanciones a clubes durante eventos masivos.

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Las comisiones de Justicia y de Asuntos Constitucionales de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires emitieron hoy un dictamen conjunto para modificar el Código Contravencional, con el objetivo de aumentar las penas y regular el servicio no autorizado de estacionamiento, cuidado de coches y limpieza de vidrios en la vía pública. La iniciativa parlamentaria unifica las propuestas del Poder Ejecutivo y de la diputada María del Pilar Ramírez. El proyecto introduce penas de arresto, incrementa el valor de las multas y los días de trabajo de utilidad pública, y contempla sanciones severas para los organizadores y para los clubes o instituciones en el marco de eventos masivos.

La reforma penalizará la actividad simple de cuidado de coches y limpieza de vidrios sin autorización legal, diferenciando las escalas según el grado de responsabilidad y la existencia de organización previa. Los proyectos bajo análisis proponen un piso de entre 5 y 10 días de arresto, que puede extenderse hasta los 45 o 50 días para los partícipes en casos de eventos masivos o grandes parques. Para los jefes, coordinadores u organizadores de estas actividades, la sanción máxima establecida se eleva a los 60 días de arresto, sumado a la posibilidad de inhabilitar su acceso a programas sociales.

Las sanciones económicas también registrarán aumentos sustanciales a través de Unidades Fijas (UF). El proyecto del Jefe de Gobierno, Jorge Macri, estipula multas que van desde las 800 hasta las 4.000 UF para la figura simple, mientras que la iniciativa de la diputada Ramírez eleva ese rango entre las 1.200 y las 7.000 UF. Asimismo, el régimen sancionatorio prevé penas de 10 a 60 días de trabajos de utilidad pública, la prohibición de concurrencia y la interdicción de cercanía al lugar del hecho. El texto definitivo incorporó además agravantes específicos ante situaciones de desigualdad de género, intimidación, persistencia, coacción o aprovechamiento de la vulnerabilidad.

En lo que respecta a las contravenciones cometidas en las inmediaciones de grandes parques o en un radio de hasta 30 cuadras de eventos masivos musicales o deportivos, los clubes, estadios u organizadores que tengan una participación directa o indirecta comprobada recibirán penalizaciones independientes de los autores materiales. Las multas propuestas para las entidades varían entre un mínimo de 5.000 y un máximo de 40.000 UF, complementadas con la clausura de las instalaciones por un período que va desde los 15 hasta los 90 días, según el expediente que resulte aprobado.

El debate en el Salón Montevideo estuvo presidido por los legisladores Solana Pelayo y Nicolás Pakgojz, ambos de La Libertad Avanza, y contó con el respaldo de diversos bloques políticos, incluidos el PRO, el radicalismo y sectores del peronismo. Durante la comisión, diputados oficialistas defendieron la medida como una demanda vecinal prioritaria para la recuperación del orden y la libre circulación en el espacio público. En contraposición, los legisladores Federico Mochi y Claudia Neira manifestaron reservas respecto de la proporcionalidad de las multas en comparación con otras contravenciones más graves, y plantearon la necesidad de evaluar alternativas de ordenamiento urbano complementarias.

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