La Legislatura porteña aprobó un régimen de alivio burocrático para clubes de barrio
El régimen estará destinado a clubes de barrio y asociaciones civiles de objeto deportivo y social, de base territorial y escala comunitaria.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires dio sanción inicial al proyecto de Ley de Alivio Burocrático para Clubes de Barrio, una iniciativa que busca facilitar la regularización administrativa de instituciones deportivas, recreativas y sociales de base barrial. El proyecto obtuvo 53 votos afirmativos y cuatro abstenciones.
La propuesta, impulsada por el legislador Nicolás Pakgojz junto con Juan Pablo Arenaza, Marcelo Ernst, Juan Ignacio Fernández, Andrea Freguia, Silvia Imas, Marina Kienast, Solana Pelayo, María del Pilar Ramírez, Sandra Rey, Leonardo Saifert y Diego Vartabedian, crea un Marco Excepcional de Regularización Administrativa de Clubes de Barrio.
El objetivo es atender las situaciones de instituciones que funcionan desde hace años pero mantienen pendientes trámites de habilitación, registración o adecuación de sus instalaciones. El proyecto plantea diferenciar los incumplimientos meramente formales de aquellos que representan un riesgo efectivo para la seguridad, la salubridad o la integridad física de las personas.
El régimen estará destinado a clubes de barrio y asociaciones civiles de objeto deportivo y social, de base territorial y escala comunitaria. Para acceder deberán desarrollar actividades deportivas, recreativas o sociales de carácter no profesional, tener una inserción territorial efectiva y acreditar un funcionamiento continuo o habitual en la Ciudad durante al menos diez años, o con anterioridad al 31 de diciembre de 2010, según el criterio que resulte más favorable.
También se establece que las entidades no podrán tener como actividad principal la explotación comercial de instalaciones, servicios deportivos o eventos, ni desarrollar actividad deportiva profesional o funcionar bajo una estructura predominantemente lucrativa.
Entre los beneficios previstos se encuentra la condonación de deudas, multas, recargos, intereses y otros accesorios administrativos originados exclusivamente por obras ejecutadas sin habilitación, falta o incompleta regularización de obras o incumplimientos formales de la normativa urbanística y edilicia.
La condonación no alcanzará a infracciones graves vinculadas con la seguridad, la salubridad, riesgos estructurales, usos prohibidos o afectaciones a terceros.
El proyecto también establece que, una vez admitida la solicitud de acogimiento y mientras avance el proceso de regularización, podrán suspenderse medidas administrativas como clausuras o sanciones cuando estén fundadas exclusivamente en incumplimientos formales de habilitación, registración o documentación.
Además, la Agencia Gubernamental de Control será la autoridad de aplicación y deberá emitir un Certificado Transitorio de Regularización Administrativa y Funcionamiento. El documento tendrá carácter precario, revocable e intransferible y permitirá el funcionamiento provisorio de la institución mientras se completa el proceso de adecuación.
La autoridad deberá expedirse sobre la solicitud dentro de los 60 días hábiles administrativos. Si transcurre ese plazo sin observaciones formales ni una resolución expresa y fundada de rechazo, el proyecto establece que la solicitud se considerará admitida y el certificado se tendrá por otorgado a los efectos previstos por la norma.
El certificado tendrá una vigencia de 360 días corridos y podrá ser prorrogado por única vez durante otro período equivalente cuando la demora en la regularización no sea responsabilidad del club.
Durante ese tiempo, las instituciones deberán presentar y ejecutar un Plan de Adecuación Administrativa y Técnica. Allí deberán incluir, según corresponda, la documentación institucional pendiente, la acreditación del uso legítimo del inmueble, la documentación edilicia, las medidas de seguridad e higiene y un cronograma para completar los trámites requeridos.
La iniciativa aclara que el certificado transitorio no equivale a una habilitación definitiva ni implica el otorgamiento de personería jurídica o la inscripción permanente en registros administrativos. Tampoco genera automáticamente el derecho a recibir subsidios, beneficios o exenciones destinados a entidades plenamente regularizadas.
El régimen excluye a las instituciones que presenten riesgos estructurales graves, deficiencias graves de prevención contra incendios, desarrollen usos expresamente prohibidos o se encuentren clausuradas por causas materiales vinculadas con la seguridad, la salubridad o la integridad física de las personas.
También quedarán fuera aquellas entidades que no puedan acreditar mínimamente la existencia previa de su funcionamiento, antecedentes registrales o actuaciones administrativas.
La norma propone además un criterio de adecuación progresiva, de manera que se priorice la solución de incumplimientos formales e instrumentales y se reserven las medidas más gravosas para situaciones que impliquen riesgos concretos.
Regularizar sin habilitar situaciones de riesgo
Los fundamentos del proyecto sostienen que numerosos clubes de barrio desarrollan desde hace años una función social, deportiva y comunitaria, pero permanecen en situaciones de informalidad administrativa debido a trámites inconclusos, demoras o dificultades para completar los procedimientos exigidos.
Desde esa perspectiva, la iniciativa busca generar una herramienta de ordenamiento administrativo y no un régimen de asistencia económica. El proyecto aclara que su finalidad es permitir la regularización de situaciones existentes y reducir las cargas burocráticas que afectan a instituciones de escala comunitaria.
La propuesta sostiene además que el Estado debería diferenciar entre los grandes establecimientos con actividad económica y los clubes de barrio que cumplen una función social en sus comunidades, evitando aplicarles cargas administrativas desproporcionadas.
Con la sanción inicial, el proyecto deberá continuar ahora con el procedimiento legislativo correspondiente antes de convertirse en ley. De aprobarse definitivamente, establecerá un mecanismo específico para que los clubes de barrio puedan avanzar hacia su regularización, manteniendo controles sobre las condiciones de seguridad, salubridad y funcionamiento.







