Publicado el 21 de julio de 2026|

Ordenan la internación involuntaria del acusado de atacar un colectivo con piedras en el Metrobús de la 9 de Julio

La medida fue dispuesta por la Justicia porteña a pedido del Ministerio Público Fiscal. El hombre permanecerá internado por 30 días en un establecimiento de salud mental, con controles periódicos y custodia policial.

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La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ordenó la internación involuntaria del hombre acusado de arrojar una piedra contra un colectivo que circulaba por el Metrobús de la avenida 9 de Julio, episodio en el que dos pasajeros resultaron con lesiones.

La medida fue adoptada a pedido de la Unidad de Flagrancia Este del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad. El auxiliar fiscal Federico Ghisio imputó al detenido por los delitos de daños y lesiones leves y solicitó su internación por un plazo inicial de 30 días en un establecimiento especializado en salud mental, con consigna policial y controles obligatorios cada 15 días.

La resolución fue dictada por la titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N.º 9, María Laura Martínez Vega, quien hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y rechazó el pedido de inimputabilidad formulado por la defensa.

El hecho ocurrió cuando el imputado fue detenido en flagrancia por efectivos de la Policía de la Ciudad, luego de arrojar una piedra contra la ventanilla de un colectivo que circulaba por el Metrobús, a la altura de la intersección de la avenida 9 de Julio e Hipólito Yrigoyen. Como consecuencia del impacto, dos pasajeros sufrieron heridas.

Durante la investigación, personal del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ), junto con la defensa, intentó realizar una evaluación psiquiátrica al acusado, aunque el examen no pudo concretarse en esa instancia. Posteriormente fue trasladado al Hospital Borda para una valoración especializada.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, los profesionales del centro de salud concluyeron que el hombre presentaba un riesgo cierto e inminente para sí mismo y/o para terceros, por lo que recomendaron su internación.

En ese contexto, la magistrada dispuso la medida de resguardo solicitada por la fiscalía y ordenó que el imputado permanezca internado con custodia policial hasta que pueda determinarse su capacidad para afrontar el proceso penal.

La resolución también establece que la internación tiene una finalidad exclusivamente terapéutica y preventiva. El plazo inicial será de 30 días, período durante el cual se desarrollará el tratamiento indicado por los profesionales de salud mental y se realizará una nueva evaluación clínica para determinar la evolución del paciente.

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