La Ciudad actualizó el régimen de ascensos para el personal civil de la Policía de la Ciudad
El Ministerio de Seguridad aprobó el procedimiento correspondiente a 2026 para los ascensos ordinarios del personal civil que trabaja en la Policía de la Ciudad y dejó sin efecto la normativa utilizada durante 2025.
El Ministerio de Seguridad de la Ciudad aprobó el nuevo “Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso ordinario del personal civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad”, correspondiente al año 2026.
La medida fue establecida mediante la Resolución N.º 1086/MSEGC/26, fechada el 6 de agosto y publicada este miércoles en el Boletín Oficial porteño. La normativa actualiza el mecanismo que regula los ascensos del personal civil que se desempeña en la Policía de la Ciudad y que no posee estado policial.
Como parte de la decisión, el Ministerio de Seguridad dejó sin efecto la Resolución 915/GCABA/MSEGC/25, que había aprobado el procedimiento utilizado para implementar el régimen de ascenso ordinario durante 2025.
Qué establece la resolución
La normativa se apoya en la Ley 5.688, que creó la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Bomberos y el Sistema Integral de Seguridad Pública porteño, y en el Decreto 401/20, que aprobó el Estatuto del Personal Civil sin estado policial de la Policía de la Ciudad.
Ese estatuto establece las condiciones que deben reunir quienes se postulen para un ascenso y determina que la gestión del proceso corresponde a la Dirección General Gestión de Capital Humano.
La resolución señala además que entre las responsabilidades de esa Dirección General se encuentra la ejecución y el desarrollo de los procesos de ascenso del personal de la Policía de la Ciudad, del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes de la Ciudad.
Un nuevo procedimiento para 2026
El Ministerio de Seguridad consideró oportuno aprobar un procedimiento específico para el régimen de ascenso ordinario correspondiente a 2026, luego de las intervenciones del Instituto Superior de Seguridad Pública, la Subjefatura de la Policía de la Ciudad, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal.
También consta en la resolución que los secretarios de Coordinación y de Seguridad prestaron conformidad y elevaron las actuaciones para continuar con el trámite administrativo.
El nuevo procedimiento forma parte integrante de la Resolución N.º 1086/MSEGC/26 como Anexo IF-2026-35657290-GCABA-DGTALMSE.
La medida dispone finalmente comunicar la resolución a las áreas correspondientes del Ministerio de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de la Policía de la Ciudad, al Instituto Superior de Seguridad Pública y a los organismos vinculados con la gestión de Capital Humano.
La resolución no detalla en su articulado las condiciones, etapas o criterios específicos del proceso de ascenso, que se encuentran desarrollados en el anexo aprobado. Por lo tanto, esos aspectos requieren consultar el contenido completo del procedimiento para determinar cómo se implementará concretamente el régimen durante 2026.







