Condenan a nueve años y medio de prisión a un hombre por un homicidio ocurrido en Parque Chacabuco que derivó en la muerte de una mujer
En 2025 un hombre fue apuñalado tras una discusión y murió, y una mujer que esperaba el colectivo falleció luego de ser atropellada por el vehículo de la víctima desvanecida.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) N°3 condenó a nueve años y seis meses de prisión a un hombre hallado responsable de un violento episodio ocurrido en abril de 2025 en el límite entre los barrios porteños de Flores y Parque Chacabuco (Comuna 7), en el que murió un hombre apuñalado y, como consecuencia del hecho, también falleció una mujer que esperaba el colectivo tras ser atropellada.
En el caso intervino la Fiscalía General Nº3 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, a cargo de Andrés Madrea, con la actuación del auxiliar fiscal Jorge Recalde, quien había solicitado la misma pena en su alegato.
Según la reconstrucción judicial, el 11 de abril de 2025, cerca de las 7:15, la víctima circulaba en un Ford Fiesta por la zona de avenida Castañares y Lautaro cuando recibió un piedrazo lanzado por dos personas. Tras la agresión, el conductor se bajó del vehículo e increpó a los agresores en la calle Corea, donde se produjo una pelea.
En ese contexto, el ahora condenado, identificado como Matías Nahuel Pérez (28), habría sujetado a la víctima por la espalda mientras otro individuo —aún no identificado— lo apuñalaba en el tórax. Luego del ataque, el hombre herido volvió a su vehículo e intentó conducir por avenida Cobo, pero se desvaneció y perdió el control.
El auto terminó atropellando a una mujer que esperaba el colectivo 133 en la esquina de avenida Cobo y Puan. La víctima falleció minutos después, al igual que el conductor apuñalado.
El fallo fue dictado por los jueces Gustavo Jorge Rofrano y Julio César Báez, quienes consideraron a Pérez responsable del delito de homicidio simple. En disidencia votó el juez Pablo Valle. Además, el tribunal ordenó la obtención del perfil genético del condenado para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.
Durante el juicio, la fiscalía sostuvo que la intervención de Pérez no fue para separar la pelea, sino que contribuyó activamente a la agresión al inmovilizar a la víctima en el momento del ataque. El tribunal coincidió con esa postura y valoró testimonios, registros de cámaras de seguridad y pruebas genéticas, entre otros elementos.
Los magistrados remarcaron que la conducta del acusado “no separa: facilita que el otro agresor prófugo lo apuñalara en el pecho”, y descartaron la versión de la defensa que sostenía una presencia pasiva en el lugar de los hechos.







