El GCBA simplifica el estacionamiento porteño e implementa tres reglas básicas
Desde el 17 de abril en las calles, estará permitido estacionar de ambos lados; en las avenidas, estará permitido estacionar de 21 hs a 7 hs de ambos lados; en los pasajes y al lado de las ciclovías estará prohibido las 24 hs.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informó que desde el 17 de abril se implementará la simplificación de normas para el estacionamiento, con tres reglas básicas, por lo cual se renovó toda la señalización en las calles. Se puede consultar con Boti, el chat porteño.
Estas son las tres reglas clave: En las calles, estará permitido estacionar de ambos lados; en las avenidas, estará permitido estacionar de 21 hs a 7 hs de ambos lados; en los pasajes y al lado de las ciclovías estará prohibido las 24 hs.
Con la simplificación de las reglas de estacionamiento, lo que se señaliza es la excepción: por ejemplo, en una calle donde está prohibido de mano izquierda, una avenida con prohibiciones o permitidos diferentes a la regla general (de 21 a 7), algunas ciclovías en particular que permiten el estacionamiento en paralelo, como por ejemplo Newbery, etc.

“En un sondeo realizado por la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, el 76% de los encuestados consideró que es difícil o muy difícil saber dónde estacionar. Además, se realizaron pruebas piloto en donde un nuevo esquema de señalización de la normativa de estacionamiento redujo el 51% las infracciones cometidas por los automovilistas. Es por esto que se trabajó en una alternativa que se basa en la simplificación de las normas y de la cartelería en calle. Este análisis, además, detectó que 5 de cada 10 de las infracciones realizadas por estacionar en forma indebida en el último año fueron por hacerlo en mano izquierda. Esto se puede atribuir, en parte, a que la normativa actual cuenta con diversas variables como tipo de arteria o sentido de circulación, que vuelven la interpretación más compleja”, dijo el GCBA.
Así, Manuela López Menéndez, secretaria de Transporte y Obras Públicas del Gobierno porteño, dijo: “Van a cambiar las reglas a partir del 17 de abril. Estamos simplificando las reglas para los vecinos de las Ciudad, porque a veces eran un tanto confusas. El foco va a estar puesto en tres reglas simples: va a estar permitido estacionar en calles de ambas manos, se permitirá en avenidas de 21 a 7 hs y pasajes y lugares con Metrobus prohibidos las 24hs”.
“En cuanto a las bicisendas, va a estar permitido estacionar del lado que no se encuentra la bicisenda y del mismo lado va a estar el cartel indicativo si se puede estacionar o no, como ya aparece en algunos lugares”, sumó en Urbana Play.
“Lo importante es que las prohibiciones van a estar definidas por cartelería. Lo que teníamos hasta ahora eran los carteles celestes que indicaban que se podía estacionar, sobre todo los de la mano izquierda, que antes estaba prohibido. A partir de ahora va estar siempre permitido, a menos que haya un cartel que indique lo contrario, a excepción de algunas calles en la que va a seguir habiendo prohibición pero por una cuestión de tránsito”, sumó.
“Si no hay un cartel que prohíba estacionar, ahora se puede. Los carteles van a estar ubicados en diferentes puntos a lo largo de la calle a lo largo de la calle. Va a haber una importante cantidad de carteles para evitar confusiones”, alertó.
En caso de no cumplir con estas tres reglas básicas, se aplicarán una serie de multas y sanciones: La infracción por estacionamiento o detención prohibida tiene un valor de $10.292 (100 UF). En lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de transporte público, entradas de vehículos, ciclovías, carriles exclusivos, corredores de Metrobus, y zona de Macro y Microcentro, la infracción se elevará al doble: $20.584 (200 UF). En lugares reservados para vehículos de personas con necesidades especiales o rampas para personas con movilidad reducida, la multa será de $30.876 (300 UF). En estacionamiento medido, la sanción costará $10.292 (100 UF). Cabe destacar que el valor de la UF es de $102,92.
De esta manera, se podrá estacionar en más de 28.000 nuevos lugares en distintos barrios de la ciudad, principalmente en los más alejados de la zona del macrocentro, como por ejemplo las comunas 12 (Coghlan, Saavedra, Villa Urquiza, Villa Pueyrredón), 10 (Floresta, Monte Castro, Vélez Sársfield, Versalles, Villa Luro y Villa Real) y 7 (Flores, Parque Chacabuco).
La nueva ley introdujo un cambio para los motovehículos: antes debían estacionar de manera paralela al cordón, y con la nueva normativa deberán estacionar de 45° a 90º.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






