El Gobierno bonaerense dijo que 500.000 porteños se atendieron en centros de salud de la provincia en lo que va de la temporada estival
El gobernador Axel Kicillof calificó como un “razonamiento estúpido” la idea del GCBA de priorizar la atención a residentes porteños en hospitales públicos de CABA.
El gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, calificó como un “razonamiento estúpido” la idea del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de priorizar la atención de residentes porteños en el sistema público de atención hospitalaria. El Ministerio de Salud bonaerense afirmó: “Lo que hoy el jefe de Gobierno muestra con egoísmo y con una actitud poco solidaria, no es retroactiva su preocupación con las más de 500.000 personas de la CABA que fueron atendidas en el sistema bonaerense con el corredor atlántico en lo que va de la temporada estival en nuestra provincia”.
“Si hacemos la cuenta, la mayoría de los impuestos de la Ciudad de Buenos Aires son producto del trabajo de los bonaerenses que van ahí. Pero qué estúpido es el razonamiento”, dijo Kicillof.
En los últimos días un video se volvió viral porque mostraba a un médico que consultaba la procedencia de los pacientes que se quejaban por la demora en la atención: todos eran del GBA y alrededores.
“Necesitamos que la Provincia asuma su responsabilidad en salud en su lugar de origen”, dijo Jorge Macri y sumó: “Esto que sucede es algo histórico, pero está alcanzando su pico de complejidad más alto. El nivel de desmanejo y desinversión en la salud pública a nivel provincial es grave. Fijate que la mayoría de los municipios desde donde dicen que vienen no tienen salud municipal. Nosotros hacemos un gran esfuerzo, pero tiene un límite. Nuestra responsabilidad es tratar de priorizar al vecino que sostiene al sistema público”.
El Ministerio de Salud bonaerense emitió un comunicado que afirma: “El ministro de Salud de la Provincia ve con profundo malestar las declaraciones radiales del jefe de Gobierno”: “La salud es uno de los derechos esenciales en nuestro país, su acceso debe ser irrestricto para todas las personas que así lo requieran y en donde lo requieran”.
“En la actualidad la CABA cuenta con más de 30 hospitales más los hospitales nacionales en su territorio para una población de alrededor de 2.000.000 habitantes, de los cuales el 80% tiene obra social o cobertura de medicina prepaga cuya atención principalmente es en clínicas y sanatorios privados, por lo que la atención en efectores públicos para personas con cobertura pública exclusiva sería para 6000.000 habitantes”, sumó.
“En la Provincia de Buenos Aires en los últimos cuatro años sumamos seis nuevos hospitales de alta complejidad, 156 centros de atención primaria y más de 300 ambulancias que atienden y cuidan a todas las personas que así lo requieren, lo hemos realizado con una profunda disparidad en términos coparticipables ya que la PBA aporta el 40% de los recursos y recibe el 20%”.
“A la capital ingresan diariamente más de 3.000.000 de bonaerenses a producir, trabajar y estudiar generando riqueza, una referencia y una cercanía de atención en tales efectores de salud, por lo que este también es una condición ineludible a la hora de analizar el comportamiento de la población del AMBA con el sistema de salud”.
“Es importante destacar que durante la pandemia el 17% de los habitantes de la CABA fueron vacunados en el territorio bonaerense, sin consultar lugar de residencia, ni estrato social, dando cuenta una vez más de la profunda convicción por la construcción de un sistema sanitario amplio y de calidad”.
“También que lo que hoy el jefe de Gobierno muestra con egoísmo y con una actitud poco solidaria, no es retroactiva su preocupación con las más de 500.000 personas de la CABA que fueron atendidas en el sistema bonaerense con el corredor atlántico en lo que va de la temporada estival en nuestra provincia, sumado a los cientos y miles de personas que realizan turismo de fin de semana en el interior de nuestra provincia y requieren de atención y cuidado”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






