Publicado el 19 de julio de 2024|

El MPD realizó una presentación ante la ONU por las personas en situación de calle

El objetivo de esta presentación es "requerir la intervención de la ONU para, por un lado, exhortar al Gobierno porteño a que implemente políticas que prevengan y detengan las acciones que vulneran los derechos humanos y, por el otro, crear conciencia pública sobre la problemática, las garantías y los derechos que el Estado debe garantizar".

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Foto: archivo

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires presentó un pedido formal de comunicación ante el Relator de las Naciones Unidas para la Vivienda Adecuada, Balakrishan Rajagopal, con el objetivo de que tome intervención en relación a las actuales acciones y políticas que el Gobierno porteño está llevando a cabo para las personas en situación de calle.

El objetivo de esta presentación es “requerir la intervención de la ONU para, por un lado, exhortar al Gobierno porteño a que implemente políticas que prevengan y detengan las acciones que vulneran los derechos humanos y, por el otro, crear conciencia pública sobre la problemática, las garantías y los derechos que el Estado debe garantizar”.

La solicitud de comunicación, firmada por la Defensora General de la Ciudad, Marcela Millán, sostiene que “el incremento alarmante del número de quienes están viviendo en la calle tiene como contrapartida una política estatal que conjuga la ausencia de intervención pública adecuada con la estigmatización y la criminalización de esta población”.

La presentación recuerda que, según datos del Relevamiento Nacional de Personas en Situación de calle (ReNaCALLE) de 2023, había 8.028 personas viviendo en la calle en la Ciudad de Buenos Aires, de las cuales el 49,1% había estado antes en esa misma situación, mientras que para un 48,3% era la primera vez. “La situación actual es más grave aún si se contemplan las estimaciones de quienes están en riesgo de situación de calle y si se toma en cuenta la información del propio Gobierno porteño que reconoció un crecimiento del 40% interanual de los y las sin techo en la Ciudad”, advierte el MPD.

En ese sentido indica, también, que la criminalización hacia esta población se verifica en los procesos iniciados bajo las figuras de “resistencia a la autoridad” y “daño”. “Según datos propios de este MPD, durante el primer cuatrimestre de este año se asistió a 2643 personas privadas de su libertad, de las cuales el 13% estaba situación de calle”, explica. Y continúa: “La posibilidad de recibir violencia institucional en el marco de una detención, se incrementa en un 84% cuando se trata de personas en situación de calle”.

En la presentación, la Defensa Pública hace referencia a las leyes nacionales y locales para la protección de los derechos y la atención integral para las personas que viven en la calle, repasa las campañas gubernamentales y declaraciones mediáticas de parte de distintos funcionarios públicos y señala el desfinanciamiento y recorte presupuestario de los programas locales destinados a atender esta problemática.

Además, menciona el pedido de informes que realizó el MPD al Gobierno porteño en el mes de abril para que responda sobre los denominados “operativos de limpieza urbana” y por la puesta en funcionamiento del “Protocolo de atención a personas en situación de vulnerabilidad habitacional con padecimientos de salud mental y/o consumo problemático”.

Para el MPD “debe evitarse la estigmatización de las personas en situación de calle y es necesario desarrollar políticas públicas que garanticen efectivamente el derecho a la vivienda digna, de manera que el Estado promueva soluciones de fondo a la grave problemática habitacional de la Ciudad”.

“El MPD tiene el deber de trabajar en la defensa de la personas, velando para que las acciones estatales se realicen con un estricto apego al sistema de protección de derechos humanos, y considerando con especial atención la situación de personas y grupos en situación de vulnerabilidad social”, concluye el pedido de comunicación enviado al Relator de las Naciones Unidas.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.