La Policía de la Ciudad detuvo a dos fotógrafas de ATE en la marcha de jubilados y luego quedaron en libertad
"Repudiamos un nuevo ensañamiento con la prensa que cubre las protestas”, expuso el sindicato de estatales.
La Policía de la Ciudad detuvo a dos fotógrafas del sindicato Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) durante la marcha de jubilados en las inmediaciones del Congreso de la Nación. Por la noche fueron liberadas.
“Respecto de las 2 mujeres detenidas en las inmediaciones de la movilización en el Congreso de la Nación ya se dispuso su libertad, la que se materializó desde la Comisaría Vecinal 1B de la Policía de la Ciudad”, informó el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires.
El organismo porteño había dicho que una de ellas fue detenida “por la figura de atentado a la autoridad (art. 238 inc. 4 del Código Penal) y otra de ellas por desobediencia a la autoridad (art. 239 del Código Penal)”.
Un comunicado de prensa de ATE – Nación sostuvo: “En medio de un operativo a cargo de la Ministra Patricia Bullrich, las fuerzas de seguridad nuevamente actuaron al margen de la ley y con total impunidad al detener a dos trabajadoras de prensa de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) por encontrarse cubriendo el ilegítimo accionar de las mismas contra las y los jubilados en la marcha de este miércoles”.
El gremio expuso “su mayor repudio a este tipo de accionar al que el Gobierno Nacional de Javier Milei pretende acostumbrar a las y los militantes del campo popular con el objetivo de amedrentar y coartar el derecho a la libre protesta frente a las medidas de feroz ajuste”. “Cabe destacar que son las dos primeras trabajadoras de prensa mujeres en ser detenidas en el marco del plan represivo de la protesta social que lleva adelante el Gobierno Nacional”, agregó.
Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional, dijo: “Tu prontuario crece Patricia Bullrich. La que tendría que ir en cana sos vos. Se creen con impunidad y por eso actúan al margen de la ley y contra la Constitución Nacional. A través de este accionar, quieren infundir miedo y temor para poder seguir así arruinando nuestros bolsillos y saqueando al país”.
El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) informó: “La Policía de la Ciudad detuvo a Jazmín Orellana y Camila Rey, quienes estaban trabajando con sus cámaras para registrar las manifestaciones en la zona del Congreso. Exigimos su inmediata liberación y repudiamos un nuevo ensañamiento con la prensa que cubre las protestas”.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) manifestó: “La policía de la ciudad detuvo a dos trabajadoras de prensa que estaban en la protesta frente al Congreso. La mecánica es esta: la policía corta la calle, genera situaciones de violencia y termina haciendo detenciones arbitrarias. Rara vez son convalidadas por la justicia”.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






