Ley Ómnibus: el oficialismo emitió un dictamen de mayoría con bloques dialoguistas
El jueves iniciará una extensa sesión para darle media sanción.
La Libertad Avanza (LLA) obtuvo en la madrugada de este miércoles un dictamen de mayoría al proyecto de Ley Ómnibus con el respaldo de bloques opositores dialoguistas, lo que permite su tratamiento en la sesión que iniciará el jueves y esperan que se extienda al menos 48 horas.
En la noche del martes inició una reunión plenaria en Diputados de la Nación de las Comisiones de Legislación General, Asuntos Constitucionales, y Presupuesto y Hacienda, conducida por los libertarios Guillermo Bornoroni y Nicolás Mayoraz, y José Luis Espert de Avanza La Libertad.
El dictamen de mayoría llegó a las 55 firmas: LLA (21 diputados), PRO (20), UCR (ocho), Hacemos Coalición Federal (tres) e Innovación Federal (dos). Se sumó Agustín Fernández de Unión por la Patria.
Los reparos de la oposición dialoguista que firmó el dictamen son las retenciones, el sistema de actualización de jubilados, el financiamiento político, y el mecanismo de las privatizaciones.
El dictamen de minoría fue el del peronismo, con 45 firmas, que exige el retiro del proyecto de Ley. Le sigue otro dictamen de la Colición Cívica, socialismo y del Gen (integran Hacemos), que rechaza los acuerdos con la Libertad Avanza. La izquierda también presentó su propio despacho contra la iniciativa. El Frente de Izquierda también presentó otro dictamen contra la Ley Óminibus.
El Gobierno nacional había enviado este lunes un borrador con los cambios a la Ley Ómnibus original, que eliminaba más de 100 artículos del proyecto, que tenía 600. De todos modos, la oposición dialoguista continúo con reparos, en particular con las retenciones.
Durante el martes hubo reuniones de todo tipo hasta que el ministro del Interior, Guillermo Francos, habló con el gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, quien representó a parte de los gobernadores del PRO y la UCR.
Entre otros puntos, se acordó que el dinero obtenido del blanqueo de capitales no irá a las arcas nacionales sino que se distribuirá por el mecanismo de coparticipación federal.
Se acordó que cuando se liquiden los activos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad los recursos se destinarán a saldar las deudas de las cajas provinciales.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






