Presentan un proyecto para ampliar la autonomía y el presupuesto de las Comunas
El texto amplía las competencias exclusivas de las Comunas para incluir la incorporación, reparación y mantenimiento de veredas, rampas de accesibilidad, luminarias, farolas, bolardos, canteros, bicicleteros, bebederos y mobiliario urbano, además de las tareas que ya realizan sobre calles secundarias y espacios verdes.
Un proyecto de ley presentado en la Legislatura porteña propone una reforma integral de la Ley Orgánica de Comunas con el objetivo de ampliar las atribuciones de las Juntas Comunales, fortalecer su autonomía administrativa y garantizarles un mayor presupuesto para la gestión de obras y servicios en los barrios.
La iniciativa fue impulsada por el legislador Guillermo Suárez y cuenta con las coautorías de María Fernanda Mollard y Manuela Thourte (UCR).
Entre las principales modificaciones, el texto amplía las competencias exclusivas de las Comunas para incluir la incorporación, reparación y mantenimiento de veredas, rampas de accesibilidad, luminarias, farolas, bolardos, canteros, bicicleteros, bebederos y mobiliario urbano, además de las tareas que ya realizan sobre calles secundarias y espacios verdes.
Uno de los cambios centrales plantea que las Juntas Comunales tengan una participación obligatoria en la planificación de obras públicas, licitaciones y proyectos con impacto local. Para las competencias exclusivas de las Comunas, el dictamen de la Junta sería vinculante para el Gobierno porteño, mientras que en las competencias concurrentes debería emitirse obligatoriamente antes de la decisión final. Además, el Poder Ejecutivo tendría que informar a cada Comuna con al menos 60 días de anticipación sobre los proyectos que afecten su territorio.
Más presupuesto y autonomía financiera
El proyecto también modifica el régimen de financiamiento comunal. Propone que el conjunto de las 15 Comunas reciba como mínimo el 3% del presupuesto total de gastos corrientes y de capital de la Ciudad, excluyendo el servicio de la deuda pública.
Actualmente, según los fundamentos de la iniciativa, las Comunas administran en conjunto alrededor del 1,49% del presupuesto porteño.
La propuesta establece además que las Comunas administren directamente los recursos que les sean asignados, actúen como unidades ejecutoras de su presupuesto y tengan acceso a los sistemas de administración financiera del Gobierno de la Ciudad.
Para distribuir esos fondos se plantea una fórmula basada en tres variables: la cantidad de habitantes (40%), el porcentaje de población con Necesidades Básicas Insatisfechas (35%) y la superficie territorial de cada Comuna (25%). Esa metodología debería revisarse cada cinco años mediante una ley.
Cambios en el funcionamiento de las Juntas Comunales
La iniciativa también redefine el funcionamiento interno de las Juntas Comunales al diferenciar las funciones ejecutivas y las deliberativas.
En ese esquema, el presidente de la Junta asumiría las funciones ejecutivas, como la administración del presupuesto, la representación legal y la ejecución de las decisiones aprobadas por el pleno, mientras que el resto de los integrantes reforzarían las tareas de control, deliberación y elaboración de políticas.
Asimismo, se propone que las sesiones de las Juntas sean públicas, se transmitan por los canales oficiales y que las actas incluyan el sentido del voto de cada comunero.
El texto incorpora además la obligación de que el presidente rinda cuentas semestralmente ante la Junta Comunal y el Consejo Consultivo, y publique informes trimestrales sobre la ejecución presupuestaria.
Equipos técnicos y estadísticas comunales
Otro de los ejes del proyecto es la creación de un equipo técnico permanente en cada Comuna, integrado como mínimo por un arquitecto o ingeniero, un especialista ambiental o en arbolado, un abogado, un contador o licenciado en administración y un profesional especializado en administración financiera pública.
Entre sus funciones figurarían el asesoramiento para obras públicas, la elaboración del presupuesto comunal, el diseño de pliegos de licitación y el control de la ejecución presupuestaria.
La iniciativa también propone que el Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad (IDECBA) produzca y publique de forma periódica indicadores socioeconómicos con representatividad a nivel comunal, con el objetivo de utilizar esos datos para la asignación de recursos y la planificación de políticas públicas.
En los fundamentos del proyecto, los autores sostienen que, a más de una década de la puesta en funcionamiento de las Comunas, persisten “déficits estructurales” que impiden cumplir plenamente el proceso de descentralización previsto en la Constitución de la Ciudad. Según argumentan, la reforma busca otorgar mayor capacidad de decisión, recursos y herramientas de gestión a los gobiernos comunales, fortaleciendo su autonomía administrativa y presupuestaria.
EDICTO JUDICIAL
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 del Departamento Judicial de Avellaneda- Lanús, a cargo del Dr. Martín Alfredo Botassi, cita a los herederos de Vicente Mastrorilli y Montefusco; Víctor Mastrorilli y Montefusco; Francisca Mastrorilli y Montefusco; Ángela Foresti y Montefusco; Alberto Foresti y Montefusco; Rafael Foresti y Montefusco; Velia Foresti y Montefusco; Albor Albert; Domingo Sergio Albert y Foresti; y a quién se crea con derechos en relación al inmueble objeto de autos, sito en la calle General Miller N° 2660 de la localidad y Partido de Lanús, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección N, Manzana 19, Parcela 29, Matrícula 43002, para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “D’AMICO, VERONICA ANDREA Y OTROS C/ MASTRORILLI Y MONTEFUSCO, VICENTE Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA” Expte. 22.491/2025, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor Oficial para que los represente. Fdo: Martin Alfredo Botassi. Juez.






