Un jugador de Vélez de 14 años murió en una clínica de Caballito “por un severo cuadro infectológico”
"No está confirmado que sea un caso de dengue, pero puede existir la posibilidad”, precisó el presidente del club.
Yair Rodríguez Pereyra, un futbolista de la Octava División del Club Atético Vélez Sarsfield (Categoría 2009, nacido el 28 de febrero), murió este martes a la mañana debido a un severo cuadro infectológico. Estaba internado en el Sanatorio Santa Isabel del barrio de Caballito (Comuna 6).
El presidente de Vélez, Fabián Berlanga, informó: “Tuvo unas líneas de fiebre los días previos, se lo trató con los médicos del club. Después lo llevaron a hacerse análisis porque no se recuperaba y de repente apareció un cuadro infeccioso que le tomó todo el cuerpo, aparentemente alguna bacteria. No está confirmado que sea un caso de dengue, pero puede existir la posibilidad”.
“Lo que llama la atención es cómo la infección avanzó tan rápido como para llegar a ser un caso de dengue. Ayer a la noche intentaron por todos los medios con antibióticos tratar de bajarle la infección pero no hubo caso”, agregó ante TN.
⚫ Lamentamos comunicar el fallecimiento de Yair Rodríguez Pereyra, futbolista de la Octava División (Categoría 2009), debido a un severo cuadro infectológico.
Desde la Institución enviamos las más sentidas condolencias a los familiares y amigos de Yair por esta dolorosa… pic.twitter.com/Dtj0ebS7zZ
— Vélez Sarsfield (@Velez) February 27, 2024
“Hasta siempre, Yair”, introduce un comunicado del club que brinda detalles sobre lo ocurrido: “El Fútbol Amateur y toda la Institución está de luto. En el día de hoy a las 8 de la mañana falleció Yair Rodríguez Pereyra (28-02-2009), defensor de la Octava División luego de padecer un severo cuadro infectológico, que lo mantenía internado en el Sanatorio Santa Isabel de esta Capital”.
“Nacido en Río Cuarto, Provincia de Córdoba, Yair llegó a Vélez con edad de Infantiles durante 2019 y se instaló en Buenos Aires con su familia, la cual lo acompañó muy de cerca en toda su formación. Como volante o marcador central, integró el equipo de la Categoría en Liga Metropolitana y a fines del año pasado tuvo su debut en AFA, siendo parte de una división multicampeona como la 2009 que ganó todo lo que disputó”, repasa el club sobre la historia de este deportista.
“Desde la Institución enviamos las más sentidas condolencias a los familiares y amigos de Yair por esta dolorosa noticia, que enluta no solo a La Fábrica sino a todo Vélez y el mundo del fútbol en general. Queda suspendida toda actividad de Fútbol Infanto Juvenil, Femenino y Futsal en la Villa Olímpica y la Sede”, concluye el texto.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






