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Foto: GCBA

Villa Crespo: la Policía de la Ciudad desalojó un PH que estuvo tomado 20 años

El operativo se realizó en Juan B. Justo al 2050.

Publicado el 27 de octubre de 2025|

La Policía de la Ciudad desalojó este lunes por la mañana un PH de Juan B. Justo al 2050, en Villa Crespo (Comuna 15), ocupado desde hacía 20 años.

Es el operativo número 468 desde el inicio de la actual gestión. “Nuestro compromiso es cuidar a la gente que está dentro de la ley. Lo decimos desde el primer día: vamos a ser inflexibles para mantener el orden en el espacio público y vamos a garantizar que se respete la propiedad privada en cada barrio de la Ciudad”, afirmó el jefe de Gobierno, Jorge Macri.

“En el mismo barrio y a pocos metros, se hizo en septiembre otro desalojo de un inmueble usurpado, en Juan B. Justo y Jufré. Los vecinos habían denunciado que el lugar era un foco de venta de drogas, violencia y que además presentaba riesgo de derrumbe, motivo por el cual fue clausurado. En ese operativo fueron detenidos dos hombres por resistencia a la autoridad”, indicó un comunicado del GCBA.

“Los operativos para proteger la propiedad privada y mejorar la seguridad en los barrios buscan restituir los inmuebles recuperados a sus legítimos dueños. En menos de dos años se han recuperado sitios históricos que estuvieron ocupados de manera ilegal durante décadas, como la Casa Blaquier en el centro porteño o el edificio conocido como el “Elefante Blanco” de Belgrano. También fueron devueltos recientemente a sus dueños ex hoteles en Constitución y en San Telmo. Durante la actual gestión se intensificaron además las acciones para mejorar el orden urbano y combatir la venta ilegal. Ya se realizaron 11 megaoperativos para desalojar a unos 17 mil manteros en distintas zonas clave de la Ciudad, como Once, Flores, Parque Centenario, Constitución, Chacarita, Parque Patricios, Liniers y Parque Saavedra. También se desarticularon las ranchadas que había en el aeroparque Jorge Newbery, en la Plaza Lavalle y en el Congreso, y la feria ilegal que funcionaba en la calle Perette en Retiro, lo que permitió liberar múltiples plazas y veredas para facilitar la libre circulación de los vecinos y la limpieza del espacio público”, se agregó.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.