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Aprobaron exenci贸n de ABL para viviendas en alquiler, sistema de co-vivienda y eximici贸n de impuestos para nuevos edificios

Son iniciativas promovidas por el Poder Ejecutivo.

Publicado el 11 de mayo de 2023|
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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprob贸 este jueves una serie de leyes con el objetivo de fomentar el acceso a alquileres en suelo porte帽o. Son iniciativas promovidas por el Poder Ejecutivo recientemente.

De este modo, se vot贸 un proyecto para que las viviendas que se ofrezcan en alquiler en CABA para uso residencial “quedar谩n exentas del pago de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres a帽os o por la duraci贸n del contrato seg煤n lo establece la nueva ley sancionada”.

“La promoci贸n se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a alquileres mensuales inferiores a 220 mil pesos. Quedan fuera de la norma las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas”, explican fuentes parlamentarias.

La ley, que surgi贸 de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (Vamos Juntos) y otros diputados de su bloque y de la UCR, otorga el beneficio a los contratos que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023. La Agencia Gubernamental de Ingresos P煤blicos (AGIP) determinar谩 los requisitos de inscripci贸n.

Luego, se vot贸 a eximici贸n del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un m谩ximo de tres unidades y por un monto no superior a los 220 mil pesos mensuales cada una.

Adem谩s, se aprob贸 la eximici贸n del pago del 80% del Derecho para el Desarrollo Urbano y el H谩bitat Sustentable (Plusval铆a Urbana) aplicado sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10: “Se pagar谩 solo el 20% de los metros cuadrados declarados, despu茅s de haberse obtenido el permiso de obra”.

A su vez, se se aprob贸 el R茅gimen de Co-vivienda destinado “a personas que est谩n en situaci贸n de vulnerabilidad y afectadas por el d茅ficit habitacional”: “El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), que ser谩 la autoridad de aplicaci贸n, en representaci贸n de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios”.

“Las entidades civiles que se presenten a concurso podr谩n celebrar con el IVC actos jur铆dicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administraci贸n y funcionamiento. Se tratar谩 de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos. Se podr谩n utilizar para este r茅gimen los inmuebles de dominio privado de CABA y el IVC y los de dominio privado de otros propietarios estatales, no estatales y personas jur铆dicas sin fines de lucro”, indican fuentes oficiales.

As铆, la co-vivienda podr谩 aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes: “Los usuarios o moradores tendr谩n el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesi贸n conjunta de unidades o partes comunes. Como compensaci贸n, contribuir谩n con trabajo, dinero o ambas cosas a la organizaci贸n civil de la que forman parte.
El proyecto fue elaborado por la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque y analizado en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda”.

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