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App SUBE: desde el 1 de junio “todas las funciones en una sola aplicación”

Paso a paso: como usar la nueva herramienta.

Publicado el 10 de mayo de 2024|

Con el objetivo de facilitar y agilizar las gestiones de SUBE a través del celular, todas las funcionalidades de las aplicaciones móviles se unificarán en la nueva app SUBE, que se encuentra disponible para celulares con sistema operativo Android 6 o superior, siendo la única que quedará activa a partir del 1/06.

La app SUBE, que actualmente tiene más de 3.200.000 descargas, mejora la experiencia de los usuarios al ofrecer más y mejores funcionalidades, tales como la compra de saldo con tarjeta de débito o billeteras electrónicas y la posibilidad de realizar todos los trámites y consultas SUBE de forma online.

Gestiones habilitadas para realizar desde la nueva app SUBE:

  • Registrar tarjetas.
    Cargar saldo con tarjeta de débito y billeteras electrónicas.
    Acreditar y consultar saldo y último viaje. Función disponible para celulares con tecnología NFC.
    Consultar el historial de movimientos sobre cargas y viajes realizados.
    Verificar beneficios disponibles.
    Ver las Terminales Automáticas, puntos de carga y venta de tarjeta más cercanos.
    Incluye también la funcionalidad de SUBE Digital, que permite pagar el boleto de transporte público desde el celular en las localidades donde está funcionando. Para utilizar SUBE Digital se deberá contar con un celular con sistema operativo Android 8 o superior con tecnología NFC.

Cómo descargar y registrarse en la app SUBE

  1. Ingresar a Google Play Store desde un celular con sistema operativo Android 6 o superior e instalar la app SUBE.
  2. Registrarse ingresando dirección de correo electrónico, número de celular y contraseña.
  3. Validar la identidad escaneando el código de barras del DNI.
  4. Crear una cuenta o iniciar sesión si ya se tiene una.
  5. Asociar la tarjeta SUBE física.
  6. Alternativamente, se recuerda a los usuarios que todas las gestiones de la tarjeta SUBE también se pueden realizar a través de la web argentina.gob.ar/sube. Para la compra de carga cuentan además con la posibilidad de recurrir a billeteras electrónicas. En cuanto a la acreditación de las mismas, pueden realizarlas en las Terminales Automáticas o a través de la funcionalidad Carga a Bordo en el colectivo en las localidades donde se encuentra disponible.

Para acreditar el saldo con Carga a Bordo se debe avisar al chofer que se tiene una carga electrónica pendiente y apoyar la SUBE en la validadora de los colectivos que cuenten con el sistema. Una vez acreditada la carga, el pasajero puede indicar al chofer su destino y pagar el boleto de forma habitual.

Para obtener más información se pueden consultar las Preguntas frecuentes o seguir las redes sociales oficiales X, Facebook e Instagram.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.