Reglamentan una bonificación del 40% en el Impuesto Inmobiliario para consorcios con empleados registrados
El objetivo es incentivar la regularización del empleo en consorcios y aliviar la carga tributaria en edificios destinados a vivienda u oficinas.
El Gobierno porteño reglamentó el acceso a un beneficio fiscal que permitirá a consorcios de edificios obtener una reducción del 40% en el Impuesto Inmobiliario sobre espacios comunes, siempre que cumplan con determinados requisitos laborales y administrativos.
La medida quedó formalizada a través de la Resolución N° 155/AGIP/26 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), en el marco de lo establecido por el artículo 412 del Código Fiscal vigente. El objetivo es incentivar la regularización del empleo en consorcios y aliviar la carga tributaria en edificios destinados a vivienda u oficinas.
Según la normativa, podrán acceder al beneficio aquellos consorcios de propiedad horizontal que cuenten al menos con un empleado en relación de dependencia debidamente registrado. La bonificación se aplicará específicamente sobre los espacios de uso común, como pasillos, halls o áreas compartidas.
Para tramitar el beneficio, los administradores deberán iniciar una solicitud formal a través del Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal, organismo que canalizará el pedido hacia las áreas correspondientes de la AGIP mediante la plataforma digital de Tramitación a Distancia (TAD).
El procedimiento exige la presentación de documentación respaldatoria, entre la que se incluye una declaración jurada sobre el personal contratado, constancias fiscales del consorcio, reglamento de propiedad horizontal y registros laborales, entre otros requisitos.
Una vez presentada la solicitud, las autoridades evaluarán la documentación y determinarán si corresponde otorgar el beneficio y en qué magnitud. De ser aprobado, tendrá vigencia desde el momento de la solicitud y se extenderá por períodos de cinco años, renovables bajo las condiciones establecidas.
La resolución también contempla cómo se aplicarán los créditos fiscales en caso de que el contribuyente haya abonado cuotas del impuesto antes de la aprobación del beneficio. En esos casos, los montos podrán ser imputados a futuras obligaciones dentro del mismo tributo.
Desde la AGIP señalaron que la reglamentación busca dar claridad sobre el acceso a este incentivo, que forma parte de una política orientada a promover el cumplimiento tributario y formalizar el empleo en consorcios, un sector clave en la administración de edificios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La medida ya se encuentra vigente tras su publicación en el Boletín Oficial y establece el marco operativo para que los consorcios puedan gestionar el beneficio de manera formal ante la administración tributaria local.






