Buscan garantizar por Ley que la red de ciclovías de CABA no pueda reducirse
Un proyecto presentado en la Legislatura porteña busca modificar el Código de Tránsito para impedir la reducción permanente de la red de ciclovías, bicisendas y ciclocarriles. También propone compensaciones obligatorias, alternativas seguras durante las obras y mecanismos de participación y control ciudadano.
Un proyecto de Ley presentado en la Legislatura porteña busca modificar el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad para establecer la prohibición de reducir de manera permanente la extensión total de la red de ciclovías, bicisendas y ciclocarriles. La iniciativa también plantea que cualquier supresión definitiva de infraestructura para bicicletas deba ser compensada con una nueva traza de extensión y condiciones de seguridad equivalentes o superiores.
El expediente fue presentado este jueves 24 de septiembre por el legislador Emmanuel Ferrario (Confianza y Desarrollo), con la coautoría de Alejandro Omar Grillo, Claudia Neira (Fuerza por Buenos Aires), Guadalupe Tagliaferri (CyD) y Manuela Thourte (UCR).
La propuesta incorpora el principio de “no regresividad” en materia de movilidad activa y espacio público. Entre otros cambios, plantea que la planificación vial evite la reducción injustificada de la infraestructura existente y establece un orden de prioridad para el diseño y modificación de la vía pública que ubica sucesivamente al peatón, a los usuarios de movilidad activa y al transporte público de pasajeros.
Uno de los principales cambios estaría en el sistema de red de carriles para bicicletas. El proyecto establece que quedaría prohibida la reducción neta permanente de su extensión total, medida en kilómetros lineales en toda la Ciudad.
En caso de eliminarse o modificarse de manera permanente un tramo, el Gobierno porteño debería habilitar una infraestructura equivalente o superior antes o simultáneamente con la supresión. La compensación debería contemplar la extensión, accesibilidad y condiciones de seguridad y, según la iniciativa, debería ubicarse prioritariamente dentro de la misma Comuna.
El proyecto también diferencia entre modificaciones permanentes y afectaciones temporales. Cuando una obra interrumpa una ciclovía o bicisenda, debería habilitarse antes o al mismo tiempo una alternativa transitoria que garantice un nivel de seguridad y continuidad equivalente.
La propuesta establece que esa alternativa debería contar con separación física u otro dispositivo de protección adecuado. En particular, señala que la mera señalización pintada no podría utilizarse como única medida de mitigación.
La infraestructura provisoria debería mantenerse durante todo el período de ejecución de la obra y su costo quedaría a cargo de las partidas correspondientes a la intervención o del tercero responsable.
Para las modificaciones permanentes, en tanto, el proyecto establece un procedimiento previo que incluiría un informe técnico sobre la necesidad de la intervención, un plan de compensación y una instancia de participación ciudadana.
También propone que la Junta Comunal correspondiente pueda emitir una opinión consultiva antes de la autorización de la modificación. Tanto el informe técnico como el plan de compensación deberían publicarse previamente en una versión técnica y otra redactada en lenguaje accesible.
Otra modificación plantea incorporar al Atlas Vial de la Ciudad un registro histórico de la extensión de ciclovías, bicisendas y ciclocarriles, expresado en kilómetros lineales y discriminado por Comuna.
El registro debería incluir las supresiones, ampliaciones y compensaciones realizadas en cada ejercicio y tener acceso público a través de los canales digitales del Gobierno porteño. Según los fundamentos, la medida permitiría contar con información para verificar si existe una reducción neta de la infraestructura.
El proyecto también incorpora un mecanismo de denuncia ciudadana. Cualquier habitante podría informar ante la autoridad de aplicación un presunto incumplimiento de las reglas de compensación o continuidad segura.
Si la denuncia fuera admitida y se tratara de una obra en curso que reduzca o suprima un tramo sin cumplir con las condiciones previstas, la iniciativa establece que la obra quedaría suspendida hasta que la autoridad se expida mediante una resolución fundada, con un plazo máximo de diez días hábiles.
Quedarían exceptuadas de ese mecanismo las obras de ampliación, mejora o mantenimiento de la red, además de las intervenciones de emergencia o por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas.
La iniciativa propone además modificar las reglas para las obras que afecten la vía pública. Cuando una intervención alcance aceras, bicisendas o ciclovías, el paso alternativo debería ofrecer a peatones y ciclistas un nivel de seguridad equivalente al de la infraestructura afectada.
Los autores sostienen en los fundamentos que el objetivo es evitar que obras públicas o privadas produzcan una pérdida permanente de infraestructura para la movilidad activa sin una alternativa adecuada.
El proyecto argumenta que la red existente constituye una inversión pública ya realizada y que su eliminación sin compensación implicaría perder infraestructura financiada con recursos públicos. La propuesta busca, de esta manera, establecer reglas para preservar la extensión de la red y garantizar condiciones seguras de circulación durante las intervenciones urbanas.








