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En la Legislatura porteña funcionarios informaron sobre la creación del Servicio Penitenciario de la CABA y la Ley de Ejecución penal

El ministro de Justicia dijo que el objetivo es “contar con un sistema autónomo, que por ahora estará enfocado en los delitos cuya competencia ya fue transferida a la justicia porteña”.

Publicado el 25 de junio de 2025|

Las Comisiones de Justicia, Asuntos Constitucionales y Seguridad de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires se reunieron este martes para tratar los proyectos de ley que impulsan la creación del Servicio Penitenciario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y una nueva Ley de Ejecución Penal. Participaron del debate funcionarios del Poder Ejecutivo porteño, entre ellos el ministro de Justicia, Gabina Tapia, y el subsecretario de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios, Leandro Halperín.

Tapia dijo que el objetivo es “contar con un sistema autónomo, que por ahora estará enfocado en los delitos cuya competencia ya fue transferida a la justicia porteña”. Además, anticipó que se trabaja en articulación con el Gobierno nacional para descomprimir la situación actual en las comisarías de la Ciudad.

Halperín sostuvo: “La Ciudad está en condiciones de afrontar este desafío, con un cuerpo legislativo comprometido. Todos los bloques han presentado iniciativas, lo que permite construir una legislación a partir del diálogo y el consenso”. “No podemos seguir limitándonos al castigo. El sistema debe ofrecer herramientas reales para que las personas condenadas puedan reinsertarse en la sociedad. El objetivo es que quienes cumplan una pena no regresen en peores condiciones de las que ingresaron”, agregó.

“Los especialistas destacaron que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como jurisdicción autónoma joven, tiene la posibilidad de diseñar desde cero un modelo propio de sistema penitenciario, sin estructuras heredadas y pusieron como ejempo que en 2016, con la sanción de la Ley 5688, se creó la Policía de la Ciudad y se estableció un sistema integral de seguridad pública con participación de los tres poderes del Estado. En esa misma lógica, hoy se busca avanzar con una legislación que complete el sistema de justicia penal local”, indica un resumen parlamentario.

“Según la información que compartieron los funcionarios, actualmente, más de 400 personas se encuentran privadas de libertad por decisiones de la justicia de la Ciudad, una nueva realidad, según sostuvieron, que exige decidir cómo intervenir frente a quienes han sido declarados culpables por delitos y deben cumplir una pena. Además, los representantes del poder Ejectuivo plantearon el desafío es transformar el tiempo de encierro en un tiempo con sentido, dotando al sistema de herramientas para la resocialización, facilitar el acceso a educación, trabajo, salud mental, vínculos sociales y familiares”, agregaron.

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EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.