barracas

Barracas: confirmaron el procesamiento del acusado de matar y carbonizar a una mujer

El fallo, dictado en plena feria judicial, ratificó la acusación contra el joven en situación de calle, la prisión preventiva y el embargo por $100.000.000.

Publicado el 16 de enero de 2024|

La Cámara Federal, integrada por los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, confirmó el procesamiento de un hombre de 24 años identificado como Exequiel Patricio Suárez, adicto y en situación de calle, acusado de haber asesinado a golpes a una mujer y luego haber prendido fuego su cadáver. El hecho ocurrió en noviembre del año pasado en una casilla abandonada de la estación de trenes Buenos Aires, en el barrio porteño de Barracas (Comuna 4). El fallo, dictado en plena feria judicial, ratificó la acusación, la prisión preventiva y el embargo por $100.000.000.

Los camaristas dieron por acreditado el hecho a través de filmaciones de cámaras de seguridad públicas y privadas. Se puede ver al acusado y a la víctima ingresar a la casilla, pero solo él sale de allí. Luego, en los registros fílmicos, se puede ver la presencia de humo.

Suárez fue identificado en el momento de los hechos por la División Reconocimiento Antroposcométrico de la Policía Federal Argentina (PFA), repasa Noticias Argentinas. El cadáver fue descubierto el 19 de noviembre cuando dos mujeres que solían llevarle comida al indigente encontraron en la casilla un cuerpo carbonizado y supusieron que se trataba de él. Días más tarde, una de las mujeres se lo vio en un comedor comunitario. Él allí le confesó el crimen.

“Según le explicara, se había tratado de una situación de defensa propia pues había tenido una discusión con la persona en el interior del lugar y había recibido una puñalada en la pierna, por lo que agarró un matafuego, le pegó con él en la cabeza y después descartó el matafuego, envolvió a la persona en un colchón y le prendió fuego”, describe el fallo.

“La persona fallecida era una mujer de entre 40 y 60 años”, cuya identidad aún no fue establecida. El fallo aclara que “la incineración del cuerpo se había provocado cuando la persona ya estaba fallecida”.

Compartir

EDICTO

La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.