Impulsan la Ley Ema en la Ciudad para prevenir la violencia digital en las escuelas
La iniciativa lleva el nombre de Ema Bondaruk, una adolescente de Longchamps que murió en agosto de 2024, un día después de que un compañero de escuela difundiera sin su consentimiento un video íntimo.
Un proyecto presentado en la Legislatura porteña propone crear un programa integral para prevenir el ciberacoso, la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento y los contenidos sexuales falsos generados con inteligencia artificial. La iniciativa contempla capacitaciones obligatorias, contenidos curriculares, protocolos de actuación y acompañamiento psicológico y pedagógico para las víctimas.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires recibió un proyecto de ley para crear el Programa de Prevención y Abordaje Integral de la Violencia Digital en Ámbitos Educativos, denominado Ley Ema. La propuesta busca garantizar entornos digitales seguros en escuelas públicas y privadas de todos los niveles y modalidades.
El proyecto fue presentado por el legislador Leandro Santoro, junto con María Bielli, Francisco Caporiccio, Andrea Mariana González, Alejandro Omar Grillo, Berenice Iañez, Matías Lammens, Federico Mochi, Juan Pablo Modarelli, Claudia Neira y Delfina Velázquez. El expediente 3356-D-2026 ingresó el 26 de octubre.
La iniciativa lleva el nombre de Ema Bondaruk, una adolescente de Longchamps que murió en agosto de 2024, un día después de que un compañero de escuela difundiera sin su consentimiento un video íntimo. Según los fundamentos, su madre, Laura Sánchez, junto con organizaciones especializadas, impulsó propuestas para prevenir situaciones similares en el ámbito educativo.
Entre sus principales medidas, el proyecto establece la incorporación transversal de contenidos sobre alfabetización digital, consentimiento, privacidad, cuidado de la identidad digital y prevención de la violencia en los programas educativos. También dispone la formación continua de docentes, directivos y personal no docente, además de capacitaciones obligatorias para equipos escolares y de orientación.
La propuesta contempla talleres y campañas de concientización para estudiantes y familias, protocolos de actuación ante casos de violencia digital y herramientas para detectar situaciones de riesgo de manera temprana. También prevé asistencia psicológica y pedagógica para las víctimas, articulación con organismos de protección y difusión de canales de denuncia.
La definición de violencia digital incluida en el proyecto abarca el ciberacoso, las amenazas, la extorsión, la difusión no consentida de datos personales y material íntimo, así como la creación y circulación de imágenes sexuales manipuladas mediante inteligencia artificial. También contempla el material de abuso y explotación sexual infantil producido o alterado con tecnologías digitales.
La iniciativa se apoya en un informe de la Defensoría del Pueblo porteña, publicado en mayo de 2026 y elaborado a partir de una encuesta a 912 estudiantes de entre 12 y 19 años de escuelas públicas y privadas de la Ciudad. El documento, según el proyecto, señala que el 49% de los encuestados atravesó al menos una experiencia de agresión en línea y que el 12% sufrió la publicación de fotos o videos propios sin permiso.
El relevamiento también indica que el 43% recibió imágenes o videos manipulados con inteligencia artificial. Los fundamentos advierten sobre las dificultades para detectar estos casos y la necesidad de fortalecer la respuesta de las instituciones educativas y el acompañamiento a quienes los padecen.
El texto sostiene que la Ciudad ya cuenta con un protocolo escolar para situaciones de violencia digital, pero plantea que hace falta una política con rango de ley que incorpore prevención, formación, asistencia y financiamiento específico.
En caso de aprobarse, el Poder Ejecutivo porteño deberá reglamentar la norma en un plazo máximo de 90 días desde su promulgación. Además, el Ministerio de Educación deberá presentar anualmente ante la Legislatura un informe sobre la implementación del programa, las capacitaciones realizadas, los establecimientos alcanzados y la ejecución presupuestaria.







