Atentado contra Cristina Kirchner: piden elevar a juicio oral la causa por el intento de magnicidio
Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte están acusados de ser los coautores materiales. Nicolás Carrizo figura como partícipe secundario de la tentativa de homicidio agravado.
La Cámara Federal porteña pidió llevar a juicio oral a Fernando Sabag Montiel y a Brenda Uliarte, acusados de ser coautores materiales de la tentativa de homicidio agravado contra la vicepresidenta Cristina Kirchner, hecho ocurrido el 1 de septiembre de 2022. En tanto, Nicolás Carrizo, jefe del grupo conocido como “Los copitos”, está acusado de ser partícipe secundario.
De este modo, se instó a la jueza María Eugenia Capucheti “que frente a la situación de detención de los imputados y el estado de la investigación a su respecto, se proceda con la celeridad que el caso requiere a fin de avanzar en el estadio procesal”.
Los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens tomaron esta decisión y además rechazaron, por entender que existen “riesgos procesales”, el pedido de prisión domiciliaria que había solicitado la defensa de Carrizo.
“Más allá de que el plazo del proceso no parece excesivo para las distintas hipótesis de investigación que sugiere la querella -las que aún no han sido probadas siquiera con el grado de certeza que requiere esta etapa- lo cierto es que luce inadmisible que no se haya elevado a juicio el hecho principal cuando la investigación a su respecto se encuentra agotada y con sus imputados en detención preventiva”, manifestó Llorens.
La vicepresidenta, querellante en el caso a través del abogado Juan Manuel Ubeira, sostiene que Capuchetti no investigó el caso a fondo y que no se profundizó por fuera del grupo de “Los Copitos”.
El atentado ocurrió en la noche del 1 de septiembre de 2022 en la puerta de la casa que habitaba la vicepresidenta en el barrio de Recoleta (Comuna 2). Durante una manifestación callejera en favor de Cristina Kirchner, Sabag se acercó hasta ella y le gatilló dos veces. La bala no salió porque no estaba cargada en la recámara.
Un grupo de militantes retuvo a Sabag, hasta que efectivos federales lo detuvieron. El 4 de septiembre en el barrio de Palermo (Comuna 14) arrestaron a Uliarte. Mas tarde se ordenó lo mismo para Carrizo.
Mediante distintos chats, los investigadores reconstruyeron que este grupo tenía pensado atentar contra la vicepresidenta y que los acusados planificaron el hecho con antelación.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






